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ÍNDICE
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01.
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Visión General
- Documentar Mostrar la configuración de los conceptos.
- Detallar la funcionalidad de cada uno de los conceptos utilizados para el cálculo:
En la documentación tenemos los siguientes conceptos para el cálculo de las Cesantías:
212 - Cesantía Gravada Base remuneración
214 - Cesantía Año Ant SBC Base remuneración
215 - Cesantía Año Ant Remuneración
217 - Cesantía Anticipada Remuneración
218 - Cesantía A Consignar Base remuneración
219 - Cesantía Descuento Descuento
220 - Cesantía Provisión A Base remuneración
221 - Cesantía Provisión Base remuneración
224 - Int Ces Año Ant Remuneración
225 - Int Ces Anticipo Remuneración
226 - Int Ces Descuento Descuento
227 - Int Ces Provisión A Base remuneración
228 - Int Ces Provisión Base remuneración - Detallar qué hace Mostrar la funcionalidad de cada fórmula de los conceptos antes mencionadosutilizados en el cálculo de Cesantías.
- Mostrar los conceptos que Indicar qué conceptos corresponden a cada procedimiento de cálculo.
- Indicar cuando Mostrar la forma en que se debe ejecutar cada procedimiento.
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En éste orden de ideas, en criterio de esta Oficina el trámite para el pago parcial de cesantías para financiar educación superior se deberá realizar ante el Fondo de Cesantías donde el trabajador se encuentre afiliado; por ende, no es permitido tal liquidación y pago directamente por parte del trabajadorrtrabajador.
En este orden de ideas, es claro que el retiro parcial de las cesantías debe ser tramitado ante los fondos de cesantías, no ante la empresa, puesto que esta no está autorizada para realizar ese retiro, puesto que los recursos de las cesantías no son administrados por la empresa.
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El numeral 3 del artículo 27 del estatuto tributario señala que las cesantías y los intereses sobre cesantías, se entienden realizados en el momento en que el trabajadorr trabajador los paga al trabajador o los consigna en el fondo de cesantías. En igual sentido se pronuncia el artículo 1.2.1.20.7 del decreto 1625 de 2016.
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«En el caso del auxilio de cesantía del régimen tradicional del Código Sustantivo del Trabajo, contenido en el Capítulo VII, Título VIII, parte primera, y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen, se entenderá realizado con ocasión del reconocimiento por parte del trabajadorrtrabajador.
Para tales efectos, el trabajador reconocerá cada año gravable, el ingreso por auxilio de cesantías, tomando la diferencia resultante entre los saldos a treinta y uno (31) de diciembre del año gravable materia de declaración del impuesto sobre la renta y complementario y el del año inmediatamente anterior. En caso de retiros parciales antes del treinta y uno (31) de diciembre de cada año, el valor correspondiente se adicionará.»
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El ingreso mensual promedio es todo lo que el trabajador ha recibido de parte del trabajadorrtrabajador, en tanto el salario promedio es lo que ha recibido por concepto de salario.
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Procedimiento | Descripción | Origen | Ordinaria | Tipo | Integra | Contabiliza | Comentarios |
CES | Cesantía | 1=Sistema | 2=No | 7=Otros | 2=No | 1=Si | Cálculo para pago de Intereses de Cesantía y consignación de Cesantías. Se debe calcular en enero, para el pago de los intereses de cesantía del año anterior (224). En febrero se toma el concepto de cesantía a consignar (218) calculado en enero. |
CON | Consolidación / Provisiones | 1=Sistema | 2=No | 7=Otros | 2=No | 1=Si | Para ajustar la provisión de cesantías. Usualmente el ajuste de las cesantías se realizrealiza |
FIN | Liquidación de Contratos | 1=Sistema | 2=No | 4=Finiquitos | 2=No | 2=No | Pago de Cesantías e Intereses de Cesantías del año anterior y año actual. |
IR2 | Ret en la Fte Proc 2 | 1=Sistema | 2=No | 7=Otros | 2=No | 2=No | Reporta Cesantías Gravadas que se suman a los pagos laborales. |
LIQ | Nómina de Liquidación | 1=Sistema | 1=Si | 1=Ordinaria | 2=No | 1=Si | Pago de Anticipo de Cesantía (por incidencia). |
MFN | Movimientos Fuera de Nomina | 1=Sistema | 2=No | 7=Otros | 2=No | 1=Si | Registro por incidencia, cuando se realiza un pago por fuera de nómina. |
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En "Actualizaciones | Definici Calculo | Procesos" se registran los procesos o agrupaciones de trabajadorstrabajadores, de la misma razón social, de la misma periodicidad de pago, con las mismas prestaciones y confidencialidad.
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Tipo | Nombre | Número de Periodos |
CES | Cesantía e Intereses Cesantía | Un periodo a más tardar en enero de cada año. |
CON | Consolidados de Provisión | Un periodo por mes en caso de que la empresa ajuste mensualmente y no lo haga en LIQ. Pero puede darse un periodo cada vez que decidan ajustar (cada 3 meses, o cada 6 meses o una vez al año en diciembre). |
FIN | Liquidación de Contratos | Un periodo por mes. NOTA: también hay que dar de alta un periodo por mes en el procedimiento APL para la aplicación de las Liquidaciónes Liquidaciones de contrato. |
IR2 | Retención en la Fuente Procedimiento 2 | Se darán de alta dos periodos por año, para calcular el porcentaje de retención en la fuente a los trabajadors trabajadores que eligieron el procedimiento 2. Esto actualizará el maestro de trabajadors trabajadores automáticamente. |
LIQ | Liquidación | Dependiendo de la periodicidad se requerirán dar de alta diferente número de periodos para liquidación. Por ejemplo: Periodicidad No Periodos Mensual 12 Quincenal 24 Catorcenal 26 Semanal 52 |
MFN | Movimientos Fuera de Nómina | Usualmente se da de alta un periodo por mes. Pero se pueden dar tantos periodos se requieran en el año, cuando se realicen pagos por fuera de nómina, y se requiera tenerlos en los acumulados. |
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El contenido de esta tabla estándar (RCC), para 2023 es el siguiente. En caso de que cambie por ley, hay que actualizar en la rutina Mantenimiento Tab Tablas ubicada en "Actualizaciones | Definici Cálculo | Mantenimiento Tab":
Secuencia | De UVT | A UVT | % No Gravable |
001 | 0.00 | 350.00 | 100% |
002 | 350.01 | 410.00 | 90% |
003 | 410.01 | 470.00 | 80% |
004 | 470.01 | 530.00 | 60% |
005 | 530.01 | 590.00 | 40% |
006 | 590.01 | 650.00 | 20% |
007 | 650.01 | 9999.99 | 0% |
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Al entrar por primera vez al catálogo de conceptos en "Actualizaciones | Defini Calculo | Conceptos (GPEA040) (SRV): se cargará el catálogo estándar. Si la empresa decide agregar o cambiar la configuración de un concepto, el usuario administrador tendrá que actualizarlo.
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Para calcular los conceptos de Salario Base de Cálculo (214 y 216):
- 214 - Cesantía Año Anterior SBC
- 216 - Cesantía Año Actual SBC
Se utilizan los campos
- RV_MEDCESA - SBC Cesantía 1=Si;2=No
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Campo | Descripción |
Concepto | Código del concepto. En caso de que los códigos sean numéricos, se sugiere poner ceros a la izquierda para que queden ordenados. |
Descripción | Descripción corta utilizada en los informes estándar y los recibos de nómina. |
Desc. Det. | Descripción larga del concepto |
Tipo Cod | 1 = Remuneración (Percepción u Haberes), 2 = Descuento (Deducción), 3= Base Remuneración y 4 = Base Descuento. · Los conceptos tipo 1 y 2 se ocupan para el pago y aparecen siempre en el recibo. · Los conceptos tipo base se ocupan como cálculos intermedios o provisiones. Por ejemplo, Incapacidad por Enfermedad cuenta con 5 conceptos, de los cuales solo uno es de Remuneración, y los otros 4 son base remuneración. el Concepto 002 se ocupa para ingresar los días de la incapacidad, el concepto 003, para contabilizar la parte que le corresponde asumir a la empresa y el 004 lo que asume la EPS. Por último, el concepto 001 guarda el Salario Base de Cálculo con que se determinó el importe del concepto 031. |
Impr Concept | Los conceptos de Tipo Cod 1 Remuneración y 2 Descuento, SIEMPRE se imprimen en el recibo. Para los conceptos con Tipo Código 3 o 4, el cliente se indica si se quieren imprimir en el recibo y el reporte de nómina en la columna de bases. |
Porcentaje | Cuando un concepto tiene un % fijo para todos los procesos y procedimientos, se puede ocupar este campo para indicar ese %. |
Cod. Corresp | Cuando un concepto se asocia a otro concepto se pone aquí el otro concepto. Por ejemplo: Un préstamo con intereses, se puede poner en Concepto el código del préstamo y en Cod. Corresp poner el código del concepto de los intereses. NO se ocupa cuando hay más de un concepto asociado como es el caso de incapacidad enfermedad que tiene 4 conceptos asociados. Este campo es informativo, para modelo 2. Es ocupado en Modelo 1, pues su formulación permite generar más de un concepto, en cada fórmula. |
Id.p/Calculo | Es el código del concepto para Protheus. En la formulación estándar y algunos informes o reportes, se ocupa este identificador, para permitir al cliente poner el código de concepto que requiera. Por ejemplo, un cliente puede cambiar el código del concepto de Sueldo de 105 a P01, o cambiar la descripción del mismo de "Salario Básico" a "Salario" Entonces el id de cálculo 0031 permite que el sistema sepa que es el concepto de Sueldo. |
Tipo Concepto | La forma en que se va a ingresar la información, en caso de que sea por incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). · Tipo = H: Indica que en el campo de referencia (RGB_HORAS) se registraran horas. · Tipo = D: Indica que en el campo de referencia (RGB_HORAS) se registraran días. · Tipo = V: Indica que en el campo de valor será registrado. |
Pago Oblig | Informe "S" para que el concepto de Percepción (Tipo de Código = "1") sea sumado al Neto cuando haya insuficiencia de saldo. NOTA: Este campo es usado en Modelo 1. En Modelo 2 siempre debe decir 'N'- |
Ctd Asient | Es la cantidad de veces que se puede ingresar un mismo concepto para un mismo trabajador en un periodo, por incidencias. Máximo puede ser 9 veces. Cuando se captura Ctd Asientos diferente de 1, y Asto Diario = No, por cada registro ingresado, el sistema le asigna un número de Secuencia diferente (RGB_SEQ), en incidencias, y durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculo | Por Procedimiento" (GPEM020)) esta Secuencia se traspasa a los movimientos de nómina(RC_SEQ), y el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" (GPEM120)), lo traspasa al histórico de movimientos (RD_SEQ). |
Reg Diario | Si se requiere ingresar más de 9 registros de un mismo concepto, para un mismo trabajador, en un periodo, se deberá configurar con si este campo con si (RV_LCTODIA). En el caso de que el registro requiera informar la fecha en que ocurrió el evento, también se deberá configurar que sí. Los campos Ctd Asient y Reg Diario son excluyentes, con prioridad del 2do campo. Si se indica que, SI hay asientos diarios, entonces ignora la cantidad de asientos indicada. Esto permite que se capturen múltiples registros del mismo concepto para el mismo trabajador, capturando una fecha diferente (RGB_DTREF) en cada ocasión. NOTA: No se pone un numero de Secuencia diferente, pues este campo solo se ocupa cuando Ctd Asientos diferente de 1 y Asto Diario NO. En el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)), la fecha de referencia de las incidencias se pasa al campo RC_DTREF. NOTA: en caso de que no sea registro diario, el campo RC_DTREF tendrá la fecha final del periodo. En el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" (GPEM120)), la fecha de referencia se pasa al campo RD_DTREF. |
De Valor | Rango inferior para validar el valor (RGB_VALOR) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación. |
A Valor | Rango superior para validar el valor (RGB_VALOR) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación. |
De Ref | Rango inferior para validar el campo de referencia (RGB_HORAS) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación. |
A Ref | Rango superior para validar el campo de referencias (RGB_HORAS) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación. |
Cierre Comp | En caso de que el cliente tenga una periodicidad quincenal y en la primera quincena se calcule el anticipo y en la segunda se calculen todos los conceptos de LIQ, como son tiempo extra, bonos, y también se realizan todos los descuentos de impuestos, préstamos, cuota sindical, etc. y se descuenta el anticipo de sueldo de la 1ra quincena. En ese caso el cierre competencia debe ser SI, para que, si se genera durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) un concepto con un valor no aplicado (RC_VNAOAPL<>0) en el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120) genere el registro de no aplicado en el periodo del siguiente mes (por ejemplo el periodo 202301 pago 02 generará el registro no aplicado en el periodo 202302 pago 02 en ve de generarlo en el periodo 202302 pago 01). Esto aplica para los registros de incidencias que tienen más de una cuota (RGB_PARCEL>1) y los conceptos que se debe generar un concepto en el siguiente periodo (RV_CODMSEG<>VACÍO). En Colombia en cada periodo, ya sea semanal, decenal, catorcenal, quincenal o mensual, se calculan los conceptos en todos los periodos, por lo que este campo deberá configurarse que no cierre el siguiente mes (RV_FECCOMP=2=No). |
Fórmula | Clave de la fórmula que se pondrá por default al capturar conceptos por proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Conceptos por Proceso" (GPEA161)). Esta fórmula deberá existir en el catálogo de fórmulas ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Fórmulas" (GPEA290)). |
Con Per Sig | En este campo se ingresa un código de concepto existente. Es ocupado cuando se requiere que, el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120) se genere un concepto, en el siguiente periodo o mes (dependiendo del campo Cierre Comp), cada vez que exista este concepto en Movimientos de Nómina (SRC). El concepto periodo siguientes, se generará, con los mismos importes del concepto origen. Por ejemplo, en algunas empresas se realiza un “préstamo” automático en el caso de que el recibo quede en números rojos (más descuentos que remuneraciones). Para evitar esto, se genera un préstamo por el importe faltante. Y en el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120), deberá generar el concepto periodo siguiente, en el siguiente periodo o mes, para que se descuente este “préstamo”. Ejemplo: |
Cod Criter | Indicar el criterio de acumulación anual ocupado para este concepto. Los conceptos estándar tienen asignado el criterio fiscal (RV_CODCRI='01'). El criterio del concepto es heredado a Conceptos por Proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Conceptos por Proceso" (GPEA161)). En el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120), se acumulará (RG7) en el mes, de acuerdo a ese criterio (RM_CODCRI), y lo indicado en los campos de criterio (RCH_CRITER) y Secuencia (RCH_SEQUE) del periodo (RCH) a cerrar. En caso de que el cliente tenga otro periodo de acumulación anual, este deberá asignarse a todos los conceptos de ese criterio. Por ejemplo, el cliente crea los conceptos de Caja de Ahorro (Descuento Caja Ahorro, Pago Caja de Ahorro, Intereses Caja de Ahorro y Préstamo Caja de Ahorro), que acumularán de Julio a Junio. Por lo que los 4 conceptos se les asignará ese nuevo criterio. |
Leer Incid | Indica si el concepto se capturará en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (RGB). |
Leer Prestam | Indica si el concepto se capturará en préstamos ("Actualizaciones | Novedades | Préstamos" (GPEA415)) para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)), se carguen en memoria los registros (SRK). |
Leer Acumul | Indica si la fórmula del concepto utilizará los operandos de acumulados (SUMA_IMPORTE, SUMA_UNIDADES, IMPORTE_EMPRESA, UNIDADES_EMPRESA, IMPORTE_TOTAL, UNIDADES_TOTAL), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)), se carguen en memoria los registros (RG7). |
Leer Ausenc | Indica si el concepto se capturará en ausentismos "Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (SR8). |
Leer Benef | Indica si el concepto se capturará en beneficiarios ("Actualizaciones | Trabajadors Empleados | Beneficiarios" (GPEA280)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (SRQ). |
Leer Reg Fij | Indica si el concepto se capturará en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (RG1). |
Origen | Indica si el origen del concepto es S = Sistema o U = Usuario. Todos los conceptos estándar están configurados con "S", y los conceptos que ingrese el cliente se configurarán automáticamente como "U". |
Tipo XML | Este es el código del concepto para la nómina electrónica. Todos los conceptos de Remuneración y Descuento deben de tener un código. |
Forma 2076 | Esta es la clasificación del concepto dentro del formato 2076. Si el concepto no se reporta en el formato 2076, dejar en blanco. |
Formato 220 | Esta es la clasificación del concepto dentro del formato 220. Si el concepto no se reporta en el formato 220 dejar en blanco. |
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Campo | Descripción |
Ret.Fuent. | Hay que configurar este campo para indicar si el concepto es base de Retención en la Fuente o no. La configuración válida es 1=Gravada, 2=No Gravada, 3=No Aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de remuneración. |
Salarial | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Salarial; 2=No salarial gravado;3=No salarial no gravado;4=No aplicable. Este último es usado en los conceptos que no son de remuneración. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC. |
Calc IBC | Este campo aplica solo en el concepto de Base de IBC (como el 306 EPS IBC IGE). La configuración válida es 1=IBC mes anterior; 2=Importe Pagado; 3=No aplica. Este último es usado para los conceptos que NO son IBC. |
Suel. Variab | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración. La configuración válida es S=Sí; N=No. Es ocupado en los conceptos que no se pagan en todos los periodos, como por ejemplo el concepto 107 Sueldo Variable Base o 117 Horas Extras Diurnas o 132 Comisiones. |
IBC EPS | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es S=Sí; N=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Entidad de Promoción de la Salud. |
IBC AFP | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Administradora de Fondo de Pensiones. |
IBC FSP Sub | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas del Fondo de Solidar Pensional de Subsistencia. |
IBC FSP Sol | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas del Fondo de Solidar Pensional de Solidaridad. |
SBC ARL | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Administración de Riesgo Laboral. |
SBC Parafisc | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Caja de Compensación Familiar (CCF), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). |
Días SubTr | Este campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240))- La configuración válida es 1=Con Pago; 2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias. Esta base es ocupada para determinar los días que se descontarán para el cálculo del Subsidio Transporte. Por ejemplo, suponiendo que es una nómina mensual, y el trabajador tiene dos días de falta injustificada y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces se le pagará el Subsidio Transporte proporcional a 28 días. Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, se le pagaría completo el Subsidio Transporte. |
SBC SubTra | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe a comparar contra los 2 SMMLV. |
SBC Hora Ext | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración. La configuración válida es S=Sí; N=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de horas extras. |
Días SBC Vac | Este campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)). La configuración válida es 1=Con Pago; 2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias. Esta base es ocupada para determinar los días a disminuir, para el cálculo del promedio del Salario Base de Cálculo de Vacaciones. Por ejemplo, suponiendo que se está calculando la nómina mensual de marzo, los días a considerar para el promedio anual serían 60 (30 de enero, 30 de febrero) y el trabajador tuvo dos días de falta injustificada en enero y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces el promedio se calculará sobre 58 días. Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, el promedio se calculará sobre 60 días. |
SBC Vac Goz | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de las vacaciones disfrutadas. También es ocupado para calcular la provisión de vacaciones, en caso de que así esté indicado en el campo de Provisión de Vacaciones (RCJ_PRVVAC='1') en proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Procesos" (GPEA420)). |
SBC Vac Defi | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de las vacaciones definitivas (finiquitos). También es ocupado para calcular la provisión de vacaciones, en caso de que así esté indicado en el campo de Provisión de Vacaciones (RCJ_PRVVAC='2') en proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Procesos" (GPEA420)). NOTA: este campo se diferencia del anterior en que incluye los conceptos de horas extras. |
SBC Med Pre | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración. La configuración válida es 1=Sí; 2=No. La deducción por medicina prepagada sólo la pueden declarar quienes obtengan rentas de trabajo hasta un límite individual equivalente a 16 UVT mensuales, y además están limitadas al 40% del y a 5.040 UVT, en conjunto con las otras deducciones especiales. Este campo se ocupa para obtener la base que va a ser comparada con los topes. |
Prom Med Pre | Para la deducción de la Medicina Pre-Pagada, se debe acreditar el cumplimiento de los requisitos del artículo 107 del Estatuto Tributario (ET). En el inciso (ii) se indica "que los pagos no excedieron el valor promedio que se reconoció a la generalidad de los trabajadores". En este campo se indicará el valor de este promedio, que debe ser calculado manualmente. |
Base Benefic | Este campo es ocupado cuando se ingresan embargos ("Actualizaciones | Trabajadors Empleados | Embargos o Beneficiarios" (GPEA280)) que se calculan tomando en consideración una base. Es decir, cuando un juez determina que se debe aplicar un % sobre una lista de conceptos. Por ejemplo, Considerando dos embargos: a) 30% sobre el sueldo base b) 30% sobre el total de haberes - EPS - AFP - FSP - RF. |
SBC A Sindi | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es S=Sí; N=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos que formarán la base para aplicar el % (RCE_PORSIN) definido en Sindicatos ("Actualizaciones | Archivos | Sindicatos" (GPEA340)) que tiene asignado el trabajador (RA_SINDICA). |
SBC Seg Vida | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es S=Sí; N=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos que formarán el SBC del Seguro de Vida, en caso de que el trabajador ("Actualizaciones | Trabajadors Empleados | TrabajadorsEmpleados" (GPEA010)) tenga asignado una entidad de la misma (RA_SEGUROV). Los porcentajes a aplicar sobre el SBC, del trabajador y la empresa, se tomarán de la tabla alfanumérica S016 Seguro de Vida ("Actualizaciones | Archivos | Mantenimiento Tab" (GPEA320)). |
SBC Indem | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos que formarán la base para calcular la Indemnización, en caso de Despido Injustificado. Los días a pagar se obtendrán de la tabla alfanumérica S015 Tabla de Indemnización ("Actualizaciones | Archivos | Mantenimiento Tab" (GPEA320)), con base en el año de ingreso y el número de salarios mínimos del SBC de Indemnización determinado. |
SBC Av Prev | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo del Aviso Previo. |
Días Prima | Este campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)) La configuración válida es 1=Con Pago; 2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias. Esta base es ocupada para determinar los días a disminuir, para el cálculo del promedio del Salario Base de Cálculo de Prima de Servicios. Esta base se ocupa tanto para el cálculo de la Provisión de Prima como para el Pago de la Prima. Por ejemplo, suponiendo que se está calculando la nómina de Prima de junio, los días a considerar para el promedio anual serían 180 (30 días por 6 meses) y el trabajador tuvo dos días de falta injustificada en enero y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces el promedio se calculará sobre 178 días. Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, el promedio se calculará sobre 180 días. |
SBC Prima | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de la prima de servicios y la provisión correspondiente. |
Días Cesa | Este campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)). La configuración válida es 1=Con Pago; 2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias. Esta base es ocupada para determinar los días a disminuir, para el cálculo del promedio del Salario Base de Cálculo de Cesantía. Esta base se ocupa tanto para el cálculo de la Provisión de Cesantías e Intereses de Cesantía, como para el cálculo de los mismos en enero de cada año. Por ejemplo, suponiendo que se está calculando la nómina de cesantía en enero, los días a considerar para el promedio anual serían 360 (30 días por 12 meses) y el trabajador tuvo dos días de falta injustificada en enero y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces el promedio se calculará sobre 358 días. Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, el promedio se calculará sobre 360 días. |
SBC Cesantía | Este campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí; 2=No. Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base de diciembre y formar el SBC para el cálculo de la cesantía e intereses de cesantía y las provisiones correspondientes. |
Calc Ausen | Este campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)), para determinar el SBC para esa ausencia. La configuración válida es 1=Salario+Prom Var;2=IBC Mes Anterior;3=Salario;4=No aplica. Este último es usado para los conceptos que NO son ausencias. |
Cód Tarea | En Colombia no se ocupan las tareas, en la nómina estándar. |
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Campo | Descripción | Lista de Valores Permitidos | Comentarios |
RA_MOEFGT | Moneda Cesantía | Exista en la CTO | Monedas existentes en el catálogo de Monedas Contables (CTO) |
RA_OPTLEI | Tipo Cesantía | 1=Ley 50; 2=Sistema tradicional | |
RA_FUNCESA | NIT Cesantía | Exista en la S008 | Entidad debe existir en la tabla alfanumérica S008 Entidades (RCC) y Tipo = 'CESA'. |
04.
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Conceptos
Los conceptos estándar para el Cálculo de Cesantías, contiene la siguiente configuración:
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SX3 - Campos
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Tabla
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Campo
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Título
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SRA - Maestro de Empleados
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RA_OPTLEI
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Tipo Cesantía
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SRA - Maestro de Empleados
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RA_FUNCESA
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NIT Cesantía
SRV - Conceptos
Concepto | Descripción | Tipo | ReteFte |
212 | Cesantía Gravada | 3=Base Haber | 1=Gravada |
213 | Cesantía Año Actual | 1=Haber | 2=No Gravada |
214 | Cesantía Año Anterior SBC | 3=Base Haber | 3=No Aplica |
215 | Cesantía Año Anterior | 1=Haber | 2=No Gravada |
216 | Cesantía Año Actual SBC | 3=Base Haber | 3=No Aplica |
217 | Cesantía Anticipada | 1=Haber | 2=No Gravada |
218 | Cesantía A Consignar | 3=Base Haber | 2=No Gravada |
219 | Cesantías Descuento | 1=Haber | 2=No Gravada |
220 | Cesantías Provisión Acumulados | 3=Base Haber | 3=No Aplica |
221 | Cesantías Provisión | 3=Base Haber | 3=No Aplica |
222 | Intereses Cesantía Año Actual | 1=Haber | 2=No Gravada |
224 | Intereses Cesantía Año Anterior | 1=Haber | 2=No Gravada |
225 | Intereses Cesantía Anticipo | 1=Haber | 2=No Gravada |
226 | Intereses Cesantía Descuento | 2=Descuento | 2=No Gravada |
227 | Intereses Cesantía Provisión Acumulada | 3=Base Haber | 3=No Aplica |
228 | Intereses Cesantía Provisión | 3=Base Haber | 3=No Aplica |
05. Diccionario de Datos
SX3 - Campos
Tabla | Campo | Título |
SRA - Maestro de Empleados | RA_OPTLEI | Tipo Cesantía |
SRA - Maestro de Empleados | RA_FUNCESA | NIT Cesantía |
06. Información Adicional
Documento de Referencia de la Localización de Colombia:
DT Localización Colombia (SIGAGPE) - Protheus 12