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  1. A través de la rutina de Orden Pago Mod. II (FINA847) que se encuentra en el menú perteneciente al módulo Financiero - SIGAFIN (Actualizaciones | Proceso Modelo II), seleccione la orden de pago previamente generada, clic "Otras Acciones > Anular Orden de Pago", realice el siguiente proceso:
    1. Informe los parámetros de búsqueda que mejor se adapten a sus necesidades.
    2. Seleccione la orden de pago previamente generada, presione "AnularConfirmar".
    3. El sistema efectuará la anulación de la orden de pago, para los registros de la(s) retención(es) de ingresos brutos se dará el tratamiento según la regla de reversión de retenciones adjunto.

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Aviso

Regla de Reversión, retención de Ingresos Brutos:

Si el parámetro MV_DELRET está con contenido igual a D, el sistema realizará el borrado del registro correspondiente a la retención (SFE).

Si el parámetro MV_DELRET está con contenido igual a E y el campo Cr. Rev. IB (CCO_CRETOP) está informado verifica lo siguiente:

  1. El campo Cr. Rev. IB (CCO_CRETOP) tiene contenido "1 = Revierte Siempre" genera la reversión de la retención.
  2. El campo Cr. Rev. IB (CCO_CRETOP) tiene contenido "2 = Importe Máximo" el registro no será afectado, es decir, no se elimina el registro ni se genera una reversión de la retención.
  3. El campo Cr. Rev. IB (CCO_CRETOP) tiene contenido" 3 = Agente Retenedor 2 meses", verifica lo siguiente:
    1. Realiza una búsqueda del Tipo (FH_TIPOAGENTE) registrado en Empresa Vs. Zona Fiscal (SFH) asociada con la fecha en que fue registrada la retención (FE_EMISSAO), si el tipo proveedor NO es "V – Convenio MultilateralAgente", el sistema va a generar la reversión del documento.
    2. Si el tipo proveedor es "V – Convenio MultilateralAgente" y la fecha que fue registrada la retención (FE_EMISSAO) es menor a dos meses, compara con la fecha de la anulación, se efectuará la reversión de la retención.
    3. Si el tipo proveedor es "V – Convenio MultilateralAgente" y la fecha que fue registrada la retención (FE_EMISSAO) es superior a dos meses, compara con la fecha de la anulación, el registro no será afectado, es decir, no se elimina el registro ni se genera una reversión de la retención.

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Card documentos
InformacaoEn caso de que el campo Cr. Rev. IB (CCO_CRETOP) sea igual a 3 y el tipo (FH_TIPOAGENTE) sea diferente a "Convenio MultilateralAgente = Si" el sistema SÍ REALIZARÁ la reversión del cálculo de la retención de ingresos brutos (IBR), sin considerar, que la vigencia de dos meses está vencida.
Titulo¡IMPORTANTE!

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