Compensación automática de anticipos por cobrar
Tras la confirmación de la Factura de Salida, la cuota generada en el valor referente al pago en efectivo se compensará automáticamente con los títulos de adelanto, relacionados a los Pedidos de esta factura.
Si la suma de los valores mencionados al Pedido es mayor que la cuota en efectivo:
Retención del impuesto por contrato de obras
Los impuestos se calculan y se destacan en el Documento de Salida. Se genera un título por cobrar en el Financiero con el valor del impuesto retenido, deducido del valor del impuesto total.
Para los efectos de contabilidad, el valor del impuesto por contrato de obras retenido está disponible en el encabezamiento de la Factura de salida, en el campo Valor impuesto 3 (F2_VALIMP3). En este caso, hay que utilizar el asiento estándar 630 - Encabezamiento del Documento de Salida.
Este valor se contabilizará como provisión de impuestos por pagar, y se efectuará cada vez que haya una baja en Cuentas por pagar, también por contabilidad. En este caso, deben utilizarse los asientos estándar 575 – Baja de cobranzas diversas y 576 – Reversión de baja de cobranzas diversas, en el cual estará el valor del impuesto retenido en el documento de salida.
Retención del impuesto de consumo
La retención del valor correspondiente al impuesto de consumo ocurre en la emisión de la factura.
Importante: El valor del Anticipo, si se utiliza, debe ser igual al de la primera cuota, establecida en la Condición de pago, para que se emita el documento de salida. |
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