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ÍNDICE

1.Visión general

            a) ICA: Régimen Común

            b) ICA: Régimen Simplificado 

            c) ¿Quiénes están alcanzados por el ICA?

            d) ¿Cuál es la base para calcular el impuesto de Industria y Comercio

            e) ¿Todos los municipios cobran el mismo impuesto por una actividad similar? 

2. Ejemplo de utilización

            a) ICA tasa 10%

3. Pantalla Impuestos Variables ICA

4. Pantalla configuración adicional de impuestos  

5. Pantalla configuración del cliente

6. Pantalla configuración de TES que calcula ICA

7. Pantalla cálculo de ICA al 10% actividad económica A011100 municipio 11001

8. Tablas

01. VISIÓN GENERAL

ICA es el Impuesto de Industria y Comercio el cual se genera por la realización de actividades industriales de forma directa o indirecta, comerciales o de servicios, que se desarrollan de manera permanente u ocasional, en un inmueble determinado, sea que exista establecimiento de comercio o no.

 Es necesario inscribirse en el Registro de información Tributaria, declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), para diferentes establecimientos de comercio como lo son: droguerías, tiendas, ferreterías, fabricas, prestación de servicios o realización de actividades comerciales, sin importar si se tiene local u oficina, también en las cuales se anuncien por medio de vallas, avisos, tableros o emblemas sus servicios


ICA: Régimen Común

A este régimen pertenecen las personas jurídicas y aquellas naturales que realizan una actividad industrial, comercial, o de servicios, de forma permanente u ocasional y deben declarar y pagar el impuesto ICA, cada dos meses.


ICA: Régimen Simplificado

Pertenecen a este régimen las personas naturales, comerciantes y artesanos en calidad de minoristas o detallistas, agricultores y ganaderos que desempeñen operaciones gravadas.


¿Quiénes están alcanzados por el ICA?

Se encuentra obligado a realizar la Declaración del ICA y a abonar el impuesto todo establecimiento de comercio o de industria, así como también cualquier persona o empresa que preste un servicio o realice una actividad comercial, así no tenga un local u oficina.

El impuesto de Industria y Comercio se genera por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ellos.


¿Cuál es la base para calcular el impuesto de Industria y Comercio? 

El impuesto de Industria y Comercio correspondiente a cada periodo gravable, se liquida con base en los ingresos netos del contribuyente obtenidos durante este período.  Para determinar estos ingresos, se toma la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios, y se le restan los correspondientes a actividades exentas y no sujetas, así como las devoluciones, rebajas y descuentos, exportaciones y la venta de activos fijos.


¿Todos los municipios cobran el mismo impuesto por una actividad similar? 

No. Los Municipios se acogen a un rango determinado, y dentro de éste aplican la tarifa determinada en milajes  (1000) para las actividades industriales, comerciales y de servicios. 

Sobre la base gravable se aplica la tarifa que determinen los Concejos Municipales dentro de los siguientes límites: 

  • Del 2 al siete por mil (2 - 7 x 1.000) mensual para actividades industriales y,
  • Del 2 al diez por mil (2 -10 x 1.000) mensual para actividades comerciales y de servicios. (Art. 33 Ley 43 de 1983)

02. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN

Para el cálculo del impuesto de Industria y Comercio (ICA) es necesario realizar la siguiente configuración:

1. Por medio de la rutina Impuestos Variables (MATA995) deberá configurar el impuesto ICA.

Impuesto (FB_CODIGO): ICA

Descripción (FB_DESCR): Impuesto de Industria y Comercio

Formula Entrada (FB_FORMENT): M100XICA

Formula Salida (FB_FORSAI): M460XICA

% Alícuota (FB_ALIQ): 11,04

Cpo del L.F. (FB_CPOLVRO): 3

Clase Impuesto (FB_CLASSE): I-Impuesto

Impuesto FE: 03

Importante

El porcentaje de la tasa para Impuesto de la Industria y Comercio (ICA) puede variar dependiendo de lo que determinen los Concejos Municipales dentro de los siguientes límites: 

  • Del 2 al siete por mil (2 - 7 x 1.000) mensual para actividades industriales y,
  • Del 2 al diez por mil (2 -10 x 1.000) mensual para actividades comerciales y de servicios. (Art. 33 Ley 43 de 1983)


2. Por medio de la rutina Configuración Adicional de Impuestos (MATA994) configurar el impuesto ICA.

Tasa (FF_ALIQ): 10

Impuesto (FF_IMPOSTO): ICA

Código ICA  (FF_COD_TAB): A011100

Zona Fiscal (FF_ZONFIS): 11

Cod. Mun (FF_CODMUN): 11001

  • El código ICA se refiere al tipo de actividad económica la cual se informa en la factura en el campo Tp Actividad (F2_TPACTIV).
  • La Zona Fiscal se determina de acuerdo a la zona informada en el cliente por medio del campo Dep Cliente (A1_EST)
  • El Código Municipal se determina de acuerdo al municipio informado en el cliente por medio del campo CD Municipio (A1_COD_MUN)


3. Por medio de la rutina Tipos de Entrada y Salida (MATA080) configurar una TES con el código del impuesto ICA.

En ventana de configuración de la TES, en la sección Impuestos Variables deberá informar el impuesto:

Impuesto (FC_IMPOSTO): ICA

Suma en Título (FC_INCDUPL): Indiferente

 Suma Tot Fac. (FC_INCNOTA): Indiferente

¿Suma Costo? (FC_CREDITA): Indiferente

Calcula Sobre (FC_CALCULO): Ítems Factura

Cálc. S/Neto (FC_LIQUIDO): Sí

Integra EIC (FC_INTEIC): No

Es importante considerar la información de los siguientes campos:

  • Suma en el título de crédito: el valor calculado de ICA no debe sumarse al total del título generado en el financiero.
  • Suma en el total de la factura: el valor calculado de ICA no debe sumarse al total del documento.
  • Suma en el costo: como el valor del impuesto no se suma al total del documento, éste no debe conformar su costo.
  • Qué impuesto incide en el cálculo: este TES no debe tener otro impuesto sumado a su base de cálculo.


3. En la rutina Factura de Entrada (MATA101N) incluir un documento.

En el encabezado informar el código del proveedor (F1_FORNECE) y tienda (F1_LOJA), serie del comprobante (F1_SERIE), serie 2 (F1_SERIE2) de comprobante y número de  documento (F1_DOC). Las series del documento puede empezar por A, B, C, etc.

En los ítems del documento, seleccionar el código del producto (D1_COD), cantidad (D1_QUANT), valor unitario (D1_VUNIT), valor total (D1_TOTAL) y TES (D1_TES) configurada con el impuesto ICA.

En la sección de Impuestos confirmar el cálculo del impuesto de industria y comercio (ICA).


4. En la rutina Facturación (MATA467N) incluir un documento.

En el encabezado informar el código del cliente (F2_CLIENTE) y tienda (F2_LOJA). Seleccionar la serie del comprobante (F2_SERIE), la serie 2 será asignada de acuerdo a la configuración en el control de formularios, la serie puede empezar por A, B, CP, etc. La numeración es asignada de manera automática por el sistema (F2_DOC). 

En los ítems del documento, seleccionar el código del producto (D2_COD), cantidad (D2_QUANT), valor unitario (D2_PRCVEN), valor total (D2_TOTAL) y TES (D2_TES) configurada con el impuesto ICA.

En la sección de Impuestos confirmar el cálculo del impuesto de industria y comercio (ICA). 

Ejemplos:


ICA tasa 10%

El cálculo de ICA para esta tasa equivale al 10 por MIL

La formula del cálculo es la siguiente:

Valor Mercadería * alícuota ICA ÷ 1000

En donde:

Valor Mercadería: 1,000.00

Alícuota: 10%

Base: 1000.00

Fórmula de cálculo: 1000.00 * (10/1000) = 10.00

Valor ICA: 10.00


03. PANTALLA IMPUESTOS VARIABLES ICA

04. PANTALLA CONFIGURACIÓN ADICIONAL DE IMPUESTOS

05. PANTALLA CONFIGURACION DE CLIENTE

06. PANTALLA CONFIGURACION PARA TES QUE CALCULA ICA 

07. PANTALLA CALCULO DE ICA AL 10% ACTIVIDAD ECONOMICA A011100 MUNICIPIO 11001

08. TABLAS UTILIZADAS

  • SA1 - Clientes
  • SA2 - Proveedores
  • SF4/SFC - Tipos de Entrada y Salida
  • SFB - Impuestos Variables
  • SFF - Configuración Adicional de Impuestos