Procedimiento para Calcular los Índices
Este procedimiento involucra diversas informaciones, que tanto el sistema como el usuario suministran. De esta forma, con el objetivo de facilitar el seguimiento de este procedimiento, el usuario debe utilizar el Informe de Fórmulas, para en verificar también los cálculos.
¡Importante! Cuando no se utilicen los Factores de IQP y, por consiguiente, cuando se los verifiquen, el parámetro MV_QNAOCER debe estar configurado como \"F\" (false = falso). |
Antes de iniciar el cálculo, se verificarán los siguientes parámetros:
Definir el número máximo de meses acumulados para realizar el cálculo.
Definir si la cantidad rechazada en el Laudo Reprobado será acumulada.
Definir cuántos días de atraso, se considerarán como máximo en el cálculo del IPO.
Definir si la cantidad transferida al C.C. será considerada como demérito en el cálculo.
Definir si el cálculo llevará en cuenta las entradas certificadas bajo el régimen de skip-lote.
Procedimiento
Para acompañar el procedimiento de cálculo de los índices, consulte los tópicos a continuación:
| 1. |
En primer lugar, se verifica la Tabla de Índices de Calidad (QEJ), para buscar: |
| • |
Tabla IA - Índices de Aceptación, en que el contenido del campo \"Cód. Tabla\" (QEJ_CODTAB) es igual a \"1\". |
| • |
Tabla IQS - Índice de Calidad del Sistema, en que el campo \"Cód. Tabla\" (QEJ_CODTAB) es igual a \"2\". |
| 2. |
Se verifica la Tabla de Índices del IQF (QF1), para buscar los índices del IQF: |
| 3. |
Luego, se buscan los índices IQI, IPR e IQS. |
| 4. |
Si no se atiende a los ítemes 1, 2 y 3, el cálculo no se realizará. |
| 5. |
Satisfechas las condiciones anteriores, se verifican en el archivo Factores del IQP (QED) las categorías: \"1 - Aprobado\", \"3 - Reprobado\" y \"4 - Liberación Urgente\", las cuales se seleccionan en el campo \"Categoría\" (QED_CATEG). |
| 6. |
Todas las entradas normales, realizadas en el período determinado en los parámetros de configuración de la rutina: \"Mes Referencia \", \"Año Referencia\" y \"Día Cierre\" se verifican, a excepción de las referentes a mejora y devolución. |
| 7. |
El sistema considera entonces las entradas que tienen tratamiento de permuta definido en el archivo Producto vs. Proveedor (SA5), en el campo \"Fab/Rev/Perm\" (A5_FABREV) como igual a \"S\". |
| 8. |
Se calcularán los índices mensuales informados en el Archivo de IQF (QF1). La definición del campo \"Calc./Infor.\" (QF1_CALC) será igual a \"1\" y se hará de la siguiente forma: |
| • |
\"Factor IQF\" (QF1_FATQF) * \"Valor\" (QE0_VALOR) - del Archivo de Índices Mensuales (informados) |
El índice considerado debe poseer valores registrados dentro del mes, en el Archivo de Índices Mensuales (QE0). De lo contrario, el cálculo se interrumpirá.
| 9. |
En este momento, no se considerarán más las entradas sin Laudo General. |
| 10. |
Mientras el parámetro MV_QTRFREP esté configurado como \"T\" (true = verdadero), las entradas originadas de Transferencia al C.C., definidas en el archivo de Entradas (QEK) por el campo \"Tipo Docum.\" (QEK_TIPDOC) igual a \"TR - Transferencia\", no se llevarán en cuenta en el cómputo. |
| 11. |
Se suman las entradas por Factores de IQP y según la definición del laudo. Las entradas que se definieron como \"Liberación Urgente\" se consideran aprobadas. |
| 12. |
Cuando la cantidad rechazada del Laudo es mayor que cero (0): |
| • |
Si el contenido del parámetro MV_QTRFREP es igual a \"T\" (true = verdadero) y el campo \"Tipo Docum.\" (QEK_TIPDOC) es igual a \"TR - Transferencia\", se restará la cantidad inspeccionada que se informó en el campo \"Tam.Lote\" (QEL_TAMLOT), en el archivo Laudo de las Entradas (QEL), de la cantidad acumulada con laudo igual a \"A - Aprobado\"; |
| • |
En seguida, a la cantidad acumulada con laudo igual a \"A - Aprobado\", se le agregará el resultado obtenido al restar los valores que se informaron en los campos \"Tam. Lote\" (QEL_TAMLOT) y \"Ctd. Rech.\" (QEL_QTREJ), en que: |
QEL_TAMLOT - QEL_QTREJ
| • |
La cantidad reprobada será contabilizada normalmente, agregándose el valor informado en el campo \"Ctd. Rech.\" (QEL_QTREJ) a la cantidad acumulada con laudo igual a \"E - Reprobado\"; |
| • |
Hay que configurar el parámetro MV_QTRFREP para este tipo de cálculo, de forma que no considere la entrada transferida al C.C. en el cálculo de los índices. |
| 13. |
Mientras la cantidad rechazada del laudo sea iguala a \"0\" (cero), la cantidad acumulada, con laudo igual a \"A - Aprobado\", se sumará al valor que se informó en el campo \"Tam. Lote\" (QEK_TAMLOT), en el archivo de Entradas (QEK). |
| 14. |
Entonces, se sumarán las Entradas de forma compuesta, a saber: \"Proveedor\" + \"Producto\" + \"Mes\" + \"Año\", siendo: |
| • |
Cantidad inspeccionada. |
| • |
Cantidad de entradas que sufrirán deméritos. En este caso, todas las que tienen laudo con categoría diferente de \"1 - Asegurado\", definida en el campo \"Situación\" (A5_SITU), del archivo Producto vs. Proveedor (SA5). |
| 15. |
Se realiza en este momento la agrupación de valores a efectos de cálculo del IPO - Índice de Entrega y Servicios, siendo: |
| 16. |
Si el número de días de atraso que se definió en el campo \"Días Atraso\" (QEK_DIASAT), del archivo Entradas (QEK), es mayor que \"0\" (cero), se contabiliza el número de entradas, cuyo valor está definido en el campo \"Tam. Lote\" (QEK_TAMLOT), del archivo Entradas (QEK); |
| • |
Si el número de días de atraso es menor que el definido en el parámetro MV_QDIAIPO, el valor acumulado será el valor absoluto del producto de los campos \"Tam. Lote\" (QEK_TAMLOT) por \"Días Atraso\" (QEK_DIASAT): |
QEK_TAMLOT * QEK_DIASAT
| • |
De lo contrario, el valor absoluto será el producto del campo \"Tam. Lote\" (QEK_TAMLOT) por el contenido del parámetro MV_QDIAIPO: |
QEK_TAMLOT * QEK_DIASAT
| • |
Se verifican a continuación las no conformidades indicadas en las entradas inspeccionadas. Si se definió como \"S\" el contenido del campo \"Demérito IQI\" (QEU_DEMIQI) - Archivo No conformidades Entradas (QEU), estas no conformidades sufrirán demérito por tipo, según la puntuación especificada en la tabla Tipos de No conformidad (QEE). |
| • |
De esta manera, los procedimientos descritos en los ítemes 9 a 17, se repetirán para todas las entradas seleccionadas por Producto vs. Proveedor (SA5). |
| 16. |
A seguir, se exhiben los cálculos de los siguientes índices: |
| • |
Después de realizar las verificaciones y cálculos, los Índices Acumulados (QEV) se guardan junto con sus respectivos valores acumulados por factores de IQP (laudos). |