Conclusión de un proceso
Cuando se dictamina el fallo final en cualquier instancia o incluso cuando se realiza un acuerdo entre las partes, a través de la comisión de conciliación previa del sindicato se efectúa una serie de procedimientos para finalizar el proceso.
La conclusión del proceso ocurre solamente cuando no hay más recurso que pueda interponerse por ninguna de las partes.
Cuando la empresa no tiene liquidaciones por efectuar, de acuerdo con el fallo final, se archiva el proceso. Cuando hay valor corregido, se calcula del monto adeudado por la empresa. Si hay discordancia de las partes sobre el valor adeudado/por pagar, se nombra un perito que calcula el valor definitivo y entonces la empresa debe realizar el pago.
La reclamada programa los pagos a través del Entorno Planilla de Haberes.
Si la empresa alega que no dispone del monto necesario para realizar el pago, el proceso pasa a una etapa llamada Ejecución. En esa etapa se analiza la condición financiera de la empresa: saldos en inversiones financieras, acciones en la bolsa, etc. Si se comprueba que el monto evaluado no es suficiente para liquidar las obligaciones, se empeñan sus bienes en garantía para que se cumpla el fallo determinado.
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