Cálculo del IRRF
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Este campo determina cómo se efectuará el cálculo del Impuesto de renta retenido en la fuente:
| • | 1=Normal |
El cálculo del IR se efectuará en la emisión de la factura/título.
| • | 2=IRRF Baja |
Debe utilizarse cuando el proveedor es empresa pública. El cálculo del IR se efectúa en el momento de la baja del título.
| • | 3=Simples |
Debe informarse cuando el proveedor opta por el Simples. En este caso, no existe calculo de IR.
| • | 4=Empresa individual |
Debe informarse cuando el proveedor es Persona física (utiliza RCPF *) y el cálculo del IR se realiza como si proveedor fuese Persona jurídica, es decir, sin aplicación de la tabla progresiva de IR.
* RCPF - Registro de contribuyente persona física.