Control de retención de impuestos - PIS COFINS y CSLL

El sistema realiza el control de retención de los impuestos PIS, COFINS y CSLL, para atender a las situaciones en que haya mantenimiento de títulos de cuentas por cobrar.

El control de retención de los impuestos  PIS, COFINS y CSLL ocurre en las siguientes operaciones:

Emisión de cuentas por cobrar

En el momento de la emisión de un título de cuentas por cobrar con retención de estos impuestos, en casos de retención de otros valores de PIS, COFINS y CSLL pendientes de otros títulos.

Modificación de cuentas por cobrar

Cuando la modificación del título en el cuentas por cobrar afecte el valor de los impuestos, hacia arriba o hacia abajo, la retención de estos impuestos seguirá existiendo.

Borrado de cuentas por cobrar

Cuando el borrado del título en el cuentas por cobrar afecte el valor de los impuestos, hacia arriba o hacia abajo, la retención de estos impuestos seguirá existiendo.

Además de las verificaciones normales para el borrado de un título de cuentas por cobrar, el sistema verifica si los campos de vinculación entre el título origen y el título DDI (Diferencia de impuestos) están completados. En caso positivo, no permite el borrados del título de tipo DDI.

 

Ejemplo:

Inclusión de tres títulos por cobrar, en el valor de R$2.000,00 cada, con vencimiento en el mes actual, que tenga cliente y modalidad registrados.

Al incluirse el tercer título, los valores de los impuestos se calculan en: R$60,00, R$180,00 y R$39,00 para CSLL, COFINS y PIS respectivamente.

Modificar el valor del título 001 de R$2.000,00 para R$3.000,00. Los valores de los impuestos son recalculados para R$210,00, R$70,00 y R$45,50 para CSLL, COFINS y PIS respectivamente.

 

Importante:

Para el control de retención de impuestos, es necesario que:

En el Archivo de clientes, los campos: Rec. COFINS, Rec. CSLL y Rec. PIS, se completen con .

En el Archivo de modalidades, los campos: Calcula CSLL, Calcula COFINS y Calcula PIS, se completen con y los campos Porc. CSLL, Porc. COFINS y Porc. PIS se completen con los porcentajes 1, 3 y 0,65 respectivamente,.

 

El parámetro MV_BR10925 define el momento del descuento de los valores de estos impuestos, y puede configurarse con 1 = realiza el descuento de los impuestos na la baja del documento o 2 = descuento de los impuestos ocurre en la emisión del documento.

 

Observación:

Si se configura el parámetro MV_BR10925 con 1 - descuento de los impuestos en la baja del documento.

En títulos normales:

Los impuestos se calculan con base solamente en el valor del título, con la función de separar la previsión del valor del impuesto;
No es necesario verificar los valores acumulados, emitidos dentro del período de descuento;
No se generan títulos de descuentos de PIS, COFINS y CSLL, pues los impuestos se descontarán en el momento de la baja del título.

En títulos de cobranza anticipada(RA):

El valor de los impuestos en el RA no se genera en su inclusión sino que se evalúa en el momento de la compensación.