Impuesto de Promoción Municipal (IPM): Este tributo grava la importación de los bienes afectos al IGV. Tiene la misma base imponible del IGV y su tasa impositiva es de 2%.
El IPM es un tributo nacional creado a favor de las municipalidades, que grava las operaciones afectas al IGV. Se rige por las normas del TUO-IGV.
La base imponible está constituida por el Valor en Aduanas determinado conforme al sistema de valoración vigente, más los derechos arancelarios y demás impuestos a la importación con excepción del Impuesto General a la Ventas.
Tasa impositiva: 2%
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