Descripción

En este registro es posible informar algunas acciones que se realizarán en el cálculo de los impuestos, permitiendo ajustar la base/valor del impuesto, de acuerdo con algunas acciones disponibles en la rutina.

El efecto de este registro (tener influencia en el cálculo de los impuestos) ocurre, de forma totalmente exclusiva, al incluir/modificar un título por pagar o por cobrar, por medio del Complemento de título (solapa Complemento de Impuesto vs. Título).

No tiene alcance para títulos originados por factura de entrada/salida.

La implementación de esta rutina tiene el objetivo de atender situaciones especificas del INSS, previstas en el layout 1.5 de EFD-REINF.

Sin embargo, a partir de la actualización de Feb/2023, para atender el REINF 2.1.1 (patch + diccionario de datos), el registro también fue liberado para sea utilizado con los impuestos: PIS, COFINS, CSLL e IRRF.


Ejemplos que pueden realizarse registrando un complemento de impuesto:

  • Para INSS:
    • Permite registrar un complemento para sustraer valores en la base de cálculo de INSS referente :
      • Gastos con material, alimentación y transporte.
    • Permite registrar un complemento para sustraer valores en el cálculo de INSS referentes a:
      • procesos judiciales/administrativos;
      • retenidos por subcontratadas;
    • Permite registrar un complemento solamente informativo, para informar que existen procesos judiciales/administrativos para generar retención para depósito judicial. 
    • Permite registrar un complemento para sumar al cálculo de INSS, o adicional de jubilación especial.
  • Para PIS, COFINS y CSLL:
    • Permite registrar un complemento para sustraer valores en la base de cálculo del impuesto, referente a procesos judicial/administrativo que suspenda la retención.
  • Para IRRF:
    • Permite registrar un complemento para sustraer valores en la base de cálculo del impuesto, referente a:
      • Procesos judicial/administrativo que suspenda la retención.
      • Deducción en la base de cálculo (ej: pensión alimenticia, previsión complementaria, etc).
      • Exención de la retención (ej: viático de viaje, jubilación, etc.).


Procedimiento para utilización

       1. En el módulo Financiero (SIGAFIN), acceda a Actualizaciones / Registro / Complemento de impuesto (FINA985). El sistema muestra la ventana de complementos registrados.

       2. Haga clic en Incluir para incluir un nuevo registro.

       3. En la pantalla de registro tenemos los siguientes campos:

    • Código (FKE_IDFKE): Defina un código para el complemento de impuesto.
    • Descripción (FKE_DESCR): Informe la descripción de la que trata este complemento. 
    • Tipo impuesto (FKE_TPIMP): Informe a qué tipo de impuesto se aplicarán las acciones definidas en el complemento. Actualmente solo está disponible para el cálculo de INSS, IRRF, PIS, COFINS, CSLL.
    • Clasificación del IR (FKE_CLASSI):
      • Si el tipo de impuesto (FKE_TPIMP) seleccionado fuera IRF, este campo se habilitará para su cumplimentación, teniendo 3 opciones: Exención, Deducción y Suspensión.
      • El contenido de este campo impactará en la cumplimentación del campo "Tipo de acción" (FKE_TPATRB), pues la consulta estándar solamente mostrará los tipos de acción pertinentes a la clasificación de IR seleccionada (exención, deducción o suspensión).
    • Acción (FKE_DEDACR): Defina si este complemento de impuesto, al vincularse al título, tendrá el efecto de "sustraer" o "Adición" en la base/valor del impuesto.
      • También puede utilizarse la acción del tipo "informativo", para que no haya impacto en el cálculo del impuesto. 
        • Ejemplo de uso: Si necesitara calcular el INSS normalmente, y fuera necesario vincular un proceso adm/judicial al título para indicar que hubo depósito judicial en juicio.
      • Para IRRF, PIS, COFINS y CSLL no se permitirá la aplicación de adición, pues es una situación específica del INSS.
    • Aplicación (FKE_APLICA): Defina si la acción de sustraer o sumar será: sobre la base de cálculo o sobre el valor calculado del impuesto.
      • Para IRRF, PIS, COFINS y CSLL este campo está restringido para aplicar en la base de cálculo del impuesto.
    • Carteira (FKE_CARTEI): Defina si este complemento estará a disposición para ser utilizado por la cartera por pagar, por cobrar o en ambas.
      • Para INSS está permitido el uso en todas las carteras.
      • Para PIS, COFINS y CSLL solamente está permitido el uso en la cartera por pagar, pues el layout de EFD-REINF no solicita información de estos impuestos sobre cobranzas.
      • Para IRRF está permitido el uso en la cartera por pagar en cualquier clasificación seleccionada (campo FKE_CLASSI). En la cartera por cobrar el uso es exclusivo para la clasificación "Suspensión", pues el layout no prevé "Deducciones" ni "Exenciones" para IR sobre cobranzas (auto retención).
    • Calcula por (FKE_CALCUL): Informe si el cálculo del complemento será por Valor informado en el complemento de título o por Porcentaje, si desea que el valor informado en el complemento de título se calcule utilizando el porcentaje del registro.
    • Porcentaje (FKE_PERCEN): Si el campo "Calcula por" fuera porcentaje, informe el valor del porcentaje para utilizarse en el cálculo del valor del complemento de título.
    • Tipo de acción (FKE_TPATRB): Defina el tipo de acción al cual el registro informado se refiere, de acuerdo con los tipos presentes en el layout del EFD-REINF), pudiendo ser:
      • Para INSS:
        • Material/producto, alimentación y Transporte para aplicación en la base de cálculo del impuesto.
        • Proceso judicial/administrativo y subcontratada para aplicación directamente en el valor calculado del impuesto.
        • Jubilación especial de 15, 20 y 25 años para aplicación en el valor calculado del impuesto.
      • Para PIS, COFINS y CSLL:
        • Proceso judicial/administrativo.
      • Para deducciones en la base de cálculo de IRRF:
        • Previsión privada, FAPI, Funpresp y pensión alimenticia.
        • Observación: Los tipos de deducciones por dependientes y/o previsión oficial (INSS) no se mostrarán, pues el cálculo ya es realizado por el legado del sistema, no habiendo necesidad de tratar por este registro.
      • Para exenciones de  IRRF:
        • Cuota exenta 65 años, viático de viaje, indemnización/rescisión de contrato, valores pagados a titular/socio de microempresa, pensión/jubilación o reforma por molestia grave, complementación de la jubilación, ayuda de costo, ley 10.833/2003 u otros.

      4. Verifique los datos y confirme.

      5. Ejemplos de Complemento de impuesto.

    • Deducción de IRF por pensión alimenticia:



    • Suspensión de PIS por Proceso judicial: 

                        

    • Exención de IRF por Abono pecuniario:



    • INSS Jubilación especial 15 años:


                           

Una vez realizado el registro del complemento de impuesto, este puede utilizarse en el registro de títulos por pagar y por cobrar, en la opción Complemento de título, solapa Complemento de Impuesto vs. Título.

Vea más detalles de esta nueva funcionalidad en:

Registro de complemento de título


How To