ÍNDICE

  1. Antecedentes del tema.
  2. Configuración
    1. Impuestos Variables
    2. Estado Vs Ing. Brutos
    3. Configuración Adicional de Impuestos
    4. Empr. Vs Z. Fiscal
    5. Tipos de Entrada y Salida (TES)
    6. Clientes
    7. Proveedores
  3. Tablas


01. ANTECEDENTES DEL TEMA


Resolución General AFIP N° 1415/2003

ÁMBITO DE APLICACIÓN

CAPÍTULO A - OPERACIONES ALCANZADAS

Artículo 1 Texto vigente según RG AFIP Nº 4597/2019:

ARTÍCULO 1°.- Establécese un régimen de emisión de comprobantes, aplicable a las operaciones que se detallan a continuación:


Modificado por:

Resolución General N° 4597/2019 Articulo N° 18 (Sustituido. Vigencia de la sustitución: ver art 25 de la RG 4597)

ERREPAR #5053 del 28/08/2020

ESPACIOS DE DIÁLOGO

AFIP CON ENTIDADES PROFESIONALES

La AFIP realizó un Espacio de Dialogo con Entidades profesionales en el día de hoy, 27 de agosto de 2020 donde se trataron los siguientes temas:

1.Obtención de CUIT para sociedades y otros sujetos distintos de personas humanas: la Administración señala que se encuentra trabajando en una resolución general para poder realizar este trámite a través de su página web.

2. Se planteó el problema de que cuentas tributarias incluye deudas condonadas por la moratoria y que incluso las mismas están siendo intimadas.

La AFIP indica que está trabajando para quitar esas deudas de Cuentas Tributarias.
Asimismo, señala que es correcto lo que las Agencias no pueden quitar las deudas de cuentas tributarias, el problema es sistémico y se debe realizar una reforma centralizada.
3. Libro IVA Digital: Se solicita que al momento de la carga, cuando la misma sea rechazada, se muestren todos los errores juntos y no uno por uno.

La AFIP indica que están trabajando para que ello funcione reportando todos los errores en un solo rechazo. También se encuentran analizando la posibilidad de generar un entorno de prueba, pero señala que es dífícil que puedan implementarlo.

4. Notas de Crédito y Débito por cheques rechazados: la Administración reitera su postura de la reunión de diciembre de 2019, indicando que debe utilizarse un comprobante no fiscal.

5. RG (AFIP) 4540: respecto al plazo de 15 días corridos que indica la norma, la AFIP señala que no es susceptible de control sistémico por su parte, pues se cuentan desde que surge el hecho que origina la emisión de la Nota de Crédito o la Nota de Débito y no desde la fecha de emisión de la Factura.


02. CONFIGURACIÓN


CONFIGURACIONES GENERALES


a. Por medio de la rutina Impuestos Variables (MATA995) configurar los impuestos para las percepciones de ingresos brutos (IIBB).

Impuesto (FB_CODIGO): IBP

Descripción (FB_DESCR): PERC. INGR. BRUTOS RG. 38/95 BA

Formula Ent. (FB_FORMENT): M100XIBP

Formula Sal. (FB_FORMSAI): M460XIBP

% Alícuota (FB_ALIQ):  2,00

Cpo del L.F (FB_CPOLVRO): P

¿Tiene Tab.? (FB_TABELA): S-Sí

Clasif. (FB_CLASSIF): 1-Ingresos Brutos

Provincia (FB_ESTADO): BA-Buenos Aires

Tipo Impuesto (FB_TIPO): P-Provincial

Clase Imp. (FB_CLASSE): P-Percepción


La fórmula de entrada (M100XIBP) y salida (M460XIBP) es la misma para todos los impuestos de percepción de ingresos brutos (IB3, IB4, IBI, IBK, etc.), a excepción del impuesto IB2, para este impuesto deberá utilizar las formulas M100XIB2 y M460XIB2 para entrada y salida respectivamente. 

Si el campo ¿Tiene Tabla? (FB_TABELA) Es igual a Sí, entonces el sistema utilizará la siguiente lógica para el cálculo del impuesto:

Primero verificará en la tabla "Empresa vs. Zona Fiscal" (SFH), si en la misma no tiene alícuota definida buscará en "Configuración Adicional de impuestos" (SFF) donde se especificarán las alícuotas generales para todas las clasificaciones de Ingresos Brutos. En caso de no existir alícuota, entonces, utilizara la general indicada en "Impuestos variables" (SFB).

Se sugiere configurar un valor diferente en el campo Cpo del L.F. (FB_CPOLVRO) para cada impuesto de percepción de ingresos brutos.

Ejemplo:

Si para el impuesto IBP se utilizó el campo "P" del libro fiscal (FB_CPOLVRO), este campo no debe ser utilizado para otro impuesto de percepción de ingresos brutos. El valor del campo del libro fiscal determina el campo en donde serán almacenados los valores de Base Imponible, Alícuota y Valor Impuesto (XX_BASIMPP, XX_ALQIMPP y XX_VALIMPP).


03. TABLAS UTILIZADAS