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ÍNDICE

  1. Visión general
    1. Agentes de percepción
    2. ¿Cómo debo informar e ingresar las percepciones practicadas?
    3. ¿En qué momento corresponde realizar la percepción?
    4. Alícuotas y base de calculo
  2. Ejemplo de utilización
    1. Responsable inscripto - IVP
    2. Comprobante con Descuentos y FC_LIQUIDO = Sí
  3. Pantalla cálculo de IVP alícuota 1,5%
  4. Pantalla cálculo de IVA alícuota 21% + IVP alícuota 1,5%
  5. Pantalla cálculo de IVP con descuento y FC_LIQUIDO = SÍ
  6. Cambios liberados para el cálculo de la percepción de IVA
  7. Tablas


01. VISIÓN GENERAL

Descripción:

El régimen de percepciones tiene como fin que los sujetos que realizan una actividad económica hagan pagos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por adelantado a AFIP.


Agentes de Percepción

Quedan obligados a actuar en carácter de agentes de percepción del impuesto al valor agregado, por las operaciones de ventas de cosas muebles - excluidas las de bienes de uso-, locaciones y prestaciones gravadas, que efectúen a responsables inscriptos en el citado tributo, los siguientes sujetos:

1. Los obligados a actuar como agentes de retención del impuesto al valor agregado según lo dispuesto en la RG 2854/10.

2. Los mercados de cereales a término.

3. Los consignatarios de hacienda y martilleros.

4. Cuando el proveedor sea agente perceptor y la empresa de Protheus también, pero el proveedor sea una empresa dominante del mercado (Telefónicas, Servicios de Electricidad, Servicios de Suministro de Gas, Petroleras, etc.). 



¿Cómo debo informar e ingresar las percepciones practicadas?

Los agentes de percepción deberán informar nominativamente las percepciones practicadas en el curso de cada mes calendario, e ingresar el saldo resultante de la declaración jurada, de acuerdo con la terminación de la CUIT, fije el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año calendario. 
Las percepciones deben ser ingresadas en las formas, plazos y demás condiciones que para cada caso se detalla a continuación:
Percepciones anteriores al 01/12/2019: Según las condiciones establecidas por la RG 2233/07, mediante el Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
Percepciones desde el 01/12/2019: Mediante el servicio con clave fiscal Sistema Integral de Retenciones Electrónicas - SIRE.


¿En qué momento corresponde realizar la percepción?

Artículo 6 CAPITULO E - OPORTUNIDAD EN QUE CORRESPONDE PRACTICAR LAS PERCEPCIONES Y CARACTER DE LAS MISMAS:
ARTICULO 6°.- La percepción deberá practicarse al momento de perfeccionarse el hecho imponible, conforme a lo dispuesto en los Artículos 5° y 6°, de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.


Alícuotas y base de cálculo:
Artículo 2 CAPITULO B - CALCULO DE LA PERCEPCION. ALICUOTAS APLICABLES:
ARTICULO 2°.- El importe de la percepción a practicar se determinará aplicando, sobre el precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente de acuerdo con lo establecido por el Artículo 10 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones-, la alícuota del TRES POR CIENTO (3%).
El porcentaje indicado en el párrafo precedente será del UNO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (1,50%), en los casos de operaciones de venta de cosas muebles, locaciones de obras o locaciones y prestaciones de servicios, que se encuentren gravadas con la alícuota equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la establecida en el primer párrafo del Artículo 28 de la ley del gravamen.

Sitio de la Ley: Resolución General AFIP N° 2408/2008


Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas:

El sitio abajo tiene algunas preguntas frecuentes sobre el Régimen General de Percepción de IVA - RG 2408

Sitio:  AFIP - Régimen General de Percepción de IVA - RG 2408


Forma Calculo:

De acuerdo con lo establecido por el Artículo 10 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones-, la alícuota del TRES POR CIENTO (3%).
El porcentaje indicado en el ítem "base de cálculo" será del UNO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (1,50%), en los casos de operaciones de venta de cosas muebles, locaciones de obras o locaciones y prestaciones de servicios, que se encuentren gravadas con la alícuota equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la establecida en el primer párrafo del Artículo 28 de la ley del gravamen.

Al momento de comprar o vender:
- Responsables Inscriptos, se recibe de parte del proveedor una Factura A, en la misma se verá el precio unitario de los productos que se están comprando, el IVP y el total de la factura. Te compartimos un ejemplo: al precio del producto es $10.000 se le suma el IVP de 1,5% que es $150, por lo que el total de la factura debe facturar $10.150. 
- Monotributistas o persona natural, el proveedor entregará al momento de comprar una Factura B sin el IVP discriminado porque esos productos que se están comprando tienen el IVP contenido en el precio. Te compartimos un ejemplo de compra: el precio del producto es $10.000 pero el IVP, que es la percepción por la compra, es de $150. Por lo que el total en la Factura B se debe expresar y cobrar $10.150. El Responsable Inscripto le emite factura Tipo "A" o "M" al Monotributistas (RG 5003-21).



Abajo los principales flujos de cálculo de percepción de IVA.


SITUACION FISCAL EMPRESASITUACION FISCAL CLIENTE/PROVEEDORCOMPROBANTENORMATIVAACCIÓNBASE IMPONIBLEHOMOLOGACIÓN TABLADESGRAVACIÓNALICUOTA
AGENTEEXENTOGRAVADOEXENTO del IVAINCLUYE IMPUESTOS TIPO CALCULOCALIFICADORVALOR
MV_AGENTE (posición 4)="S"FH_AGENTE="S" donde FH_IMPOSTO="IVP"

RG AFIP 2408/08: Régimen General y otras RGsNo Calcula






MV_AGENTE (posición 4)="N"FH_AGENTE="S" donde FH_IMPOSTO="IVP"

RG AFIP 2408/08: Régimen General y otras RGsCalculaTES con "IV?" (<>"IVP) y F3_BASIMP? <> ”0” y F3_VALIMP?<>"0"

SFZ
CFOFF_ALIQ

FH_AGENTE="N" donde FH_IMPOSTO="IVP"

RG AFIP 2408/08: Régimen General y otras RGsNo Calcula







Sin registro SFH o fuera vigencia

RG AFIP 2408/08: Régimen General y otras RGsNo Calcula







Como se paga:
En el momento en que los sujetos que estén en capacidad de percibir el IVA generen las facturas de acuerdo con sus actividades económicas, se aplicará la percepción del IVA.
En definitiva, percepción es el adelantos de impuestos

02. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN

Para el cálculo de la percepción del IVA (IVP) es necesario realizar la configuración que se describe a continuación:


Configuraciones Generales


1. Por medio de la rutina Impuestos Variables (MATA995) deberá configurar el impuesto IVA.

Impuesto (FB_CODIGO): IVP

Descripción (FB_DESCR): PERC. IVA RG.3337             

Formula Entrada (FB_FORMENT): M100XIVP

Formula Salida (FB_FORSAI): M460XIVP

% Alícuota (FB_ALIQ): 1,50

Cpo del L.F. (FB_CPOLVRO): 4

Clasificación (FB_CLASSIF): 3-IVA

Tipo Impuesto (FB_TIPO): N-Nacional

Clase Impuesto (FB_CLASSE): P-Percepción


Para la percepción al valor agregado (IVP) deberá utilizar las formulas informadas en el ejemplo anterior (M100xIVP / M460xIVP). 


2. Por medio de la rutina Configuración Adicional de Impuestos (MATA994) opción IVA, deberá configurar un registro para la percepción de IVA (IVP).

Impuesto (FF_IMPOSTO): IVP

Serie Fact. (FF_SERIENF): A

Cod. Fis. Comp (FF_CFO_C): 112

Cod. Fis Vent (FF_CFO_V): 612

Concepto (FF_CONCEPT): Descripción del Concepto

Alícuota (FF_ALIQ): 5,00

Importe (FF_IMPORTE): 21,30


El código fiscal de compra (FF_CFO_C) y venta (FF_CFO_V) deberá ser informado en la configuración de la TES (Tipos de Entrada y Salida), campo Cod. Fiscal (F4_CF).

El mínimo configurado en campo Importe (FF_IMPORTE) es considerado por el valor del impuesto calculado, es decir, para que su documento calcule el impuesto IVP este debe superar el valor del mínimo configurado.


3. Por medio de la rutina Insp Fiscal Vs Imp (MATA998) deberá configurar el IVA percepción por agente fiscal, tipo de documento y serie del comprobante.

Impuesto (FZ_IMPOSTO): IVP

Ag. Fiscal (FZ_TIPO): I-Responsable Inscrito

Tipo (FZ_ESPECIE): NF-Factura

Letra Serie (FZ_SERIE): A-Tipo A

Tipo Movimiento (FZ_TIPMOV): E-Entrada/S-Salida


Deberá incluir un registro para cada tipo de agente fiscal (I-Responsable Inscrito, V-Convenio Multilateral, etc.), tipo de documento (NF-Factura, NCC-Nota Crédito Cliente, NCP-Nota Crédito Proveedor, etc.) y serie (A, B o C), para realizar el cálculo de la percepción de IVA (IVP) en los diferentes tipos de documentos que serán incluidos en el sistema.


4. Por medio de la rutina Tipos de Entrada y Salida (MATA080) deberá configurar una TES de Entrada/Salida para el cálculo de la percepción de IVA.

En la sección Impuestos deberá informar el Código Fiscal (F4_CF) correspondiente al informado en la Configuración Adicional de Impuestos (FF_CFO_C/FF_CFO_V).

En ventana de configuración de la TES, en la sección Impuestos Variables deberá informar el código de la percepción de IVA (IVP):

Impuesto (FC_IMPOSTO): IVP

Suma en Título (FC_INCDUPL): Sumar

Suma Tot Fac. (FC_INCNOTA): Sumar 

¿Suma Costo? (FC_CREDITA): Indiferente

Calcula Sobre (FC_CALCULO): Total Factura

Cálc. S/Neto (FC_LIQUIDO):

Integra EIC (FC_INTEIC): No


Las TES de entrada puede contener el cálculo de otros impuestos (percepciones o impuestos municipales).

En los impuestos de la TES, si es configurado el campo Cálc. S/Neto (FC_LIQUIDO) con el valor "Sí", el valor del impuesto se calcula en base al valor neto de la base imponible (Base imponible - Descuento). Caso contrario (FC_LIQUIDO = No), el valor del descuento no será descontado del total de la base imponible para el cálculo del impuesto.

Para el correcto funcionamiento en el cálculo de la percepción de IVA (IVP), se requiere que el impuesto en la TES esté configurado para calcular sobre el total de la factura (FC_CALCULO = 'T-Total Factura').


Percepción de IVA en Documentos de Compra


1. Por medio de la rutina Proveedores (MATA020) deberá realizar la inclusión de un proveedor. Para el cálculo de la percepción de IVA (IVP) deberá configurar el siguiente campo:

Tipo (A2_TIPO): I-Responsable Inscripto.


El campo Tipo (A2_TIPO) puede ser configurado con las siguientes opciones para el cálculo de la percepción de IVA (IVP):

  1. I-Responsable Inscripto.
  2. M-Monotributista.
  3. V-Convenio Multilateral.
  4. S - No Sujeto.


2. Por medio de la rutina Empr. Vs Z. Fiscal (MATA999) deberá incluir un registro con el código de la Percepción de IVA (IVP). 

Agente (FH_AGENTE):

Zona Fiscal (FH_ZONFIS): BA

Proveedor (FH_FORNECE): * Código del proveedor

Sucursal (FH_LOJA) * Código de la tienda del proveedor

Impuesto (FH_IMPOSTO): IVP

Paga Imp. (FH_PERCIBI):

Exento (FH_ISENTO): No

Paga IB (FH_APERIB):

Alícuota (FH_ALIQ): 5.00

Ini Vigencia (FH_INIVIGE): 01/02/2022

Fin Vigencia (FH_FIMVIGE): 28/02/2022

Clas. IBB (FH_TIPO): I-Resp. Inscripto


Para realizar el cálculo de la percepción de IVA (IVP) en documentos de compra, deberá incluir un registro donde FH_AGENTE sea igual a Sí, caso contrario, no se realizará el cálculo de la percepción de IVA (IVP).

Si el valor de la alícuota (FH_ALIQ) es igual a cero (0,00), la rutina de cálculo tomara la alícuota definida en el campo FF_ALIQ.

La zona fiscal es obligatoria, pero no es considerada para realizar el cálculo de la percepción de IVA (IVP). 


3. En la rutina Factura de Entrada (MATA101N) incluir un documento.

En el encabezado informar el código del proveedor (F1_FORNECE) y tienda (F1_LOJA), serie del comprobante (F1_SERIE) y número de documento (F1_DOC). La serie del documento debe empezar por A, B o C, M o E.

En los ítems del documento, seleccionar el código del producto (D1_COD), cantidad (D1_QUANT), valor unitario (D1_VUNIT), valor total (D1_TOTAL) y TES (D1_TES) configurada con la percepción al valor agregado (IVP).

En la sección de Impuestos confirmar el cálculo de la percepción al valor agregado (IVP). 


Importante

Para el cálculo de la percepción de IVA en documentos de compra, deberá configurar el parámetro MV_AGENTE con el valor "N" en la posición 4 Ejemplo: NNNNN

Para los Clientes/Proveedores no categorizados, la configuración del parámetro MV_AGENTE no tiene influencia.


A fin de contemplar situaciones reales donde empresas dominantes del mercado (Telefónicas, Servicios de Electricidad, Servicios de Suministro de Gas, Petroleras, etc.) facturan "Percepción del IVA", sin considerar la situación fiscal del cliente. Para permitir el ingreso de facturación de proveedores con esta situación, la configuración sugerida es:

MV_AGENTE (posición 4) = "S".

Incluir un registro en Empr. Vs Z. Fiscal (MATA999) para el proveedor donde:

Agente (FH_AGENTE):

Situación (FH_SITUACA): 5-Regímenes Especiales


Comprobantes Ajuste:

  1. En la rutina de Notas Crédito/Débito (MATA466N) que se encuentra en menú perteneciente al módulo de SIGACOM(Movimientos | Archivos) debe de efectuar el siguiente proceso:
    1. En el encabezado informar el código del proveedor (F2_CLIENTE) y tienda (F2_LOJA), serie del comprobante (F2_SERIE) y número de documento (F2_DOC). La serie del documento debe empezar por A, B o C, M o E.
    2. En los ítems del documento, seleccionar el código del producto (D2_COD), En la sección "Otras Acciones > Doc. Origen", seleccione la Factura previamente generada, informe la TES correspondiente.
    3. En la sección de Impuestos confirmar el cálculo de la percepción al valor agregado (IVP).


Si el comprobante origen ya realizo el cálculo de la percepción de IVA (IVP) el comprobante ajuste NO realizara la validación de los minimos configurados en el campo Importe (FF_IMPORTE), en caso contrario, el sistema mantendra su funcionalidad actual. 

Percepción de IVA en Documentos de Venta


1. Por medio de la rutina Clientes (MATA467N) deberá realizar la inclusión de un cliente. Para el cálculo de la percepción de IVA (IVP) deberá configurar el siguiente campo:

Tipo (A1_TIPO): I-Responsable Inscripto.


El campo Tipo (A1_TIPO) puede ser configurado con las siguientes opciones para el cálculo de la percepción de IVA (IVP):

  1. I-Responsable Inscripto.
  2. M-Monotributista.
  3. V-Convenio Multilateral.
  4. S - No Sujeto.


2. Por medio de la rutina Empr. Vs Z. Fiscal (MATA999) deberá incluir un registro con el código de la Percepción de IVA (IVP). 

Agente (FH_AGENTE): No

Zona Fiscal (FH_ZONFIS): BA

Proveedor (FH_CLIENTE): * Código del cliente

Sucursal (FH_LOJA) * Código de la tienda del cliente

Impuesto (FH_IMPOSTO): IVP

Paga Imp. (FH_PERCIBI): No

Exento (FH_ISENTO): No

Paga IB (FH_APERIB): No

Alícuota (FH_ALIQ): 5.00

Ini Vigencia (FH_INIVIGE): 01/02/2022

Fin Vigencia (FH_FIMVIGE): 28/02/2022

Clas. IBB (FH_TIPO): I-Resp. Inscripto


Para realizar el cálculo de la percepción de IVA (IVP) en documentos de venta, no es necesario incluir un registro para el cliente que es sujeto de percepción. Si existe un registro para el cliente donde FH_AGENTE sea igual a Sí, la rutina no realizara el cálculo de la percepción de IVA. 

En caso de que no exista registro para el cliente que es sujeto de percepción o el valor de la alícuota (FH_ALIQ) es igual a cero (0,00), la rutina de cálculo tomara la alícuota definida en el campo FF_ALIQ.

La zona fiscal es obligatoria, pero no es considerada para realizar el cálculo de la percepción de IVA (IVP). 


3. En la rutina Facturación (MATA467N) incluir un documento.

En el encabezado informar el código del cliente (F2_CLIENTE) y tienda (F2_LOJA). Seleccionar la serie del comprobante (F2_SERIE), la cual debe empezar por A, B, C, M o E. La numeración es asignada de manera automática por el sistema (F2_DOC). 

En los ítems del documento, seleccionar el código del producto (D2_COD), cantidad (D2_QUANT), valor unitario (D2_PRCVEN), valor total (D2_TOTAL) y TES (D2_TES) configurada con la percepción al valor agregado (IVP).

En la sección de Impuestos confirmar el cálculo de la percepción al valor agregado (IVP). 


Importante

Para el cálculo de la percepción de IVA en documentos de clientes, deberá configurar el parámetro MV_AGENTE con el valor "S" en la posición 4. Ejemplo: NNNSN

Para los Clientes/Proveedores no categorizados, la configuración del parámetro MV_AGENTE no tiene influencia.


Comprobantes Ajuste:

  1. En la rutina de Generación notas de Crédito/Débito (MATA465N) que se encuentra en menú perteneciente al módulo de SIGAFAT(Actualizaciones | Facturación) debe de efectuar el siguiente proceso:
    1. En el encabezado informar el código del cliente (F1_CLIENTE) y tienda (F1_LOJA), serie del comprobante (F2_SERIE) y número de documento (F1_DOC). La serie del documento debe empezar por A, B o C, M o E.
    2. En los ítems del documento, seleccionar el código del producto (D1_COD), En la sección "Otras Acciones > Doc. Origen", seleccione la Factura previamente generada, informe la TES correspondiente.
    3. En la sección de Impuestos confirmar el cálculo de la percepción al valor agregado (IVP).


Si el comprobante origen ya realizó el cálculo de la percepción de IVA (IVP) el comprobante ajuste NO realizará la validación de los mínimos configurados en el campo Importe (FF_IMPORTE), en caso contrario, el sistema mantendrá su funcionalidad actual. 

Ejemplos:


Responsable inscripto - IVP 

Valor Mercadoría: 10.000,00

Alícuota IVP: 1,5%

Fórmula de cálculo:  10.000,00 * (1,5/100) = 150,00

Valor IVP: 150,00

Valor Bruto 10.000,00 + 150,00 = 10.150,00

Responsable inscripto - IVA + IVP 

Valor Mercadoría: 10.000,00

Alícuota IVA: 21%

Fórmula de cálculo:  10.000,00 * (21/100) = 2.100,00

Valor IVA: 2.100,00

Valor Bruto 10.000,00 + 2.100,00 = 12.100,00

Alícuota IVP: 1,5%

Fórmula de cálculo:  12.100,00 * (1,5/100) = 181,50

Valor IVP: 181,50

Valor Bruto 10.000,00 + 2.100,00 + 181,50 = 12.281,50

Comprobante con Descuentos y FC_LIQUIDO = Sí

Valor Mercadoría: 10.000,00

Alícuota IVP: 1,5%

Descuento: 1.000,00 (10%)

Fórmula de cálculo:

(10.000,00 - 1.000,00) = 9.000,00

9.000,00 * (1,5/100) = 135,00

Valor IVP: 135,00

Valor Bruto (Valor Mercadoría + IVP):  9.000,00 + 135,00 = 9.135,00



03. PANTALLA CALCULO DE IVP ALÍCUOTA 1,5%

 

04. PANTALLA CALCULO DE IVA ALÍCUOTA 21% + IVP ALÍCUOTA 1,5%

05. PANTALLA CALCULO DE IVP CON DESCUENTO Y FC_LIQUIDO = SÍ

06. CAMBIOS LIBERADOS PARA EL CÁLCULO DEL IVA

07. TABLAS UTILIZADAS

  • SA1 - Clientes
  • SA2 - Proveedores
  • SF4 - Tipos de Entrada y Salida
  • SFB - Impuestos Variables
  • SFC - Vinculo Tes vs. Impuestos
  • SFZ - Sujeto Fiscal vs. Impuesto