Registro de título de Proveedor Persona Física - Transportista

Producto:

Microsiga Protheus

Versiones:

Protheus 11, Protheus 12

Ocurrencia:

Inclusión de títulos de Proveedor Persona Física - Transportista

Paso a paso:

Cálculo Impuesto de Renta Transportista:

Para el cálculo del IRPF para Transportista, el sistema sigue la regla de acuerdo con el registro de código de modalidades y Proveedores, y tabla progresiva de Impuesto de renta persona física, registrada por medio del configurador.

Vamos a considerar el siguiente registro en la modalidad:

Calcula INSS (ED_CALCINS) = Sí

Base INSS (ED_BASEINS)= 20%

Porc. INSS (ED_PERCINS) = 2,2%

Calcula IR (ED_CALCIRF)= Sí

IRRF Transportista (ED_IRRFCAR)= Sí

Base IR Transportista (ED_BASEIRC) = 40%

Registrar proveedor configurando los siguientes campos:

Tipo (A2_TIPO) = Físico

Calc INSS (A2_RECINSS)= Sí

Calc IRRF (A2_CALCIRF) = Normal

 

Parámetros

MV_INSIRF = 1  - Descuenta el valor de INSS de la base de cálculo del IRRF.

MV_VLRETIR = 10.00

 

Considerando la tabla progresiva del siguiente ejemplo:

 

Escenario 1: Valor del IR alcanza el mínimo para retención

Realizar la inclusión de un título por el valor de R$ 10.000,00 para los registros anteriores en el cuentas por pagar.

Forma del cálculo para retención del impuesto IRPF

1 - Valor del título R$ 10.000,00

2 - Base de cálculo del INSS: R$ 10.000,00 x 20% (ED_BASEINS) = R$ 2.000,00

3 - Valor del INSS: R$ 2.000,00 x 2,2% = R$ 44,00

4 - Base de cálculo del IRRF: R$ 10.000,00 x 40% (ED_BASEIRC) = R$ 4.000,00

Como el parámetro MV_INSIRF = 1, descontar de la base del IRRF el valor del INSS: R$ 4.000,00 - R$ 44,00 (INSS) = R$ 3.956,00

5 - Valor del IRRF: R$ 3.956,00 (base do IRRF) * 22,50% (alícuota de acuerdo con el rango de la tabla progresiva)= R$ 890,10

6 - Deducir el valor de deducción, de acuerdo con el rango de la tabla progresiva: R$ 890,10 - R$ 636,13 (valor de deducción del IRRF) = R$ 253,97

7 - Valor del impuesto R$ 253,97

 

Como este valor de R$ 253,97 es mayor que el valor mínimo para retención configurado en el parámetro MV_VLRETIR, ocurrirá la retención.

Si el valor del IR fuese menor que el configurado en el parámetro MV_VLRETIR, no ocurrirá la retención de IR, acumulándose este valor de IR en el cálculo del IR del próximo título dentro del mismo mes. Vea el ejemplo del escenario 2.

 

Escenario 2: Valor del IR no alcanza el mínimo para retención

Realizar la inclusión de un título por el valor de R$ 1.000,00 para los registros anteriores en el cuentas por pagar.

Forma del cálculo para retención del impuesto IRPF

1 - Valor del título R$ 1.000,00

2 - Base de cálculo del INSS: R$ 1.000,00 x 20% (ED_BASEINS) = R$ 200,00

3 - Valor del INSS: R$ 200,00 x 2,2% = R$ 4,40

4 - Base de cálculo del IRRF: R$ 1.000,00 x 40% (ED_BASEIRC) = R$ 400,00

Como el parámetro MV_INSIRF = 1, descontar de la base del IRRF el valor del INSS: R$ 400,00 - R$ 4,40 (INSS) = R$ 395,60

5 - Valor del IRRF: R$ 395,60 (base do IRRF) * 0,0% (alícuota de acuerdo con el rango de la tabla progresiva)= R$ 0,00

6 - Vea que de la base del IR, dentro de la tabla progresiva, no tiene alícuota, por lo tanto, no debe retener el IR.

 

Incluir un segundo título dentro del mismo mes para los registros anteriores en el cuentas por pagar.

1 - Valor del título R$ 5.000,00

2 - Base de cálculo del INSS: R$ 5.000,00 x 20% (ED_BASEINS) = R$ 1.000,00

3 - Valor del INSS: R$ 1.000,00 x 2,2% = R$ 22,00

4 - Base de cálculo del IRRF: R$ 5.000,00 x 40% (ED_BASEIRC) = R$ 2.000,00

Como el parámetro MV_INSIRF = 1, descontar de la base del IRRF el valor del INSS: R$ 2.000,00 - R$ 22,00 (INSS) = R$ 1.978,00

5 - Como el valor del IR anterior no fue retenido por no alcanzar el mínimo, se considerará en la acumulación del cálculo del IR en el mismo mes, entonces tenemos: valor base del IR del título anterior sumado al valor base del IR del título actual.

R$ 395,60 (base del IR del título anterior) + R$ 1.978,00 (base del IRRF del título actual) = R$ 2.373,60

6 - Aplicar la alícuota de acuerdo con el rango de la tabla progresiva: R$ 2.373,60 x 7,5% (alícuota de acuerdo con el rango de la tabla progresiva) = R$ 178,02

7 - Deducir el valor de deducción de acuerdo con el rango de la tabla progresiva: R$ 178,02 - 142,80 (deducción de acuerdo con el rango de la tabla progresiva) = R$ 35,22

6 - Valor del IR: R$ 35,22

 

Observación: el campo E2_BASEIRF se grabará con el valor bruto sin el descuento de INSS, pues todo el sistema considerará el descuento de INSS en el momento del cálculo, por ejemplo en la inclusión del título o en la baja del título, el valor de INSS se descontará del valor del campo E2_BASEIRF al calcular el IR. Además, el valor del campo E2_BASEIRF es considerado para el envío a la DIRF, siendo el ingreso total, sin el descuento de INSS.