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Índice
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01. VISIÓN GENERAL

La Ley 15.270/2025 impulsa una amplia reestructuración en el Impuesto a la Renta de la Persona Física (IRPF). A partir del  de enero de 2026 entran en vigor las nuevas reglas, que establecen:

    • Exención del impuesto para quien recibe hasta R$ 5.000,00
    • Reducción del impuesto para quien recibe entre R$ 5.000,01 y R$ 7.350,00. El valor por deducir sobre el impuesto ya calculado según la tabla vigente del IRRF se debe calcular por medio de la siguiente fórmula:
      • R$ 978,62 – (0,133145 × rendimientos tributables sujetos a la incidencia mensual).
    • Tributación del 10% sobre la distribución de ganancias y dividendos, para valores que excedan R$ 50 mil por beneficiario/proveedor.

02. PARAMETRIZACIÓN VÍA LEGADO

Exención/Reducción del impuesto a la renta

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        Para más información, consulte la documentación: Cálculo de IRRF para proveedor persona física s/ tabla progresiva.


03. PARAMETRIZACIÓN VÍA CONFIGURACIÓN DE TRIBUTOS


Informações
titleImportante:

Exención/Reducción del impuesto a la renta

Las implementaciones necesarias para configurar este cálculo vía Configuración de Tributos (FISA170) aun no están disponibles, está prevista para febrero/2026 a través del paquete acumulado de actualizaciones del Backoffice y del Fiscal.

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Configurador de tributos - Reglas financieras

04. EJEMPLOS DE CÁLCULO

Veamos un ejemplo sobre el cálculo de reducción lineal y decreciente del IRRF vía tabla progresiva, que disminuye cuando el rendimiento aumenta, hasta quedar en cero para rendimientos a partir de R$ 7.350,00.

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Dica
titleSugerencia

Para el cálculo del IR del transportista autónomo, consulte el ejemplo de cálculo en la documentación del tema: FIN0026_CPAG_Calculo_de_IRRF_ Transportista

05. OTRAS INFORMACIONES

https://www.totvs.com/blog/fiscal-clientes/nova-lei-do-irpf-reducao-para-baixa-renda-e-tributacao-minima-para-altas-rendas/

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