01. VISIÓN GENERAL

La Ley 15.270/2025 impulsa una amplia reestructuración en el Impuesto a la Renta de la Persona Física (IRPF). A partir del  de enero de 2026 entran en vigor las nuevas reglas, que establecen:

02. PARAMETRIZACIÓN VÍA LEGADO

Exención/Reducción del impuesto a la renta

Esta parametrización no tiene validez para escenarios donde el origen del título por pagar es el Documento de Entrada (MATA103) y el tributo configurado con hecho generador vigencia.

Para parametrizar el módulo Financiero (SIGAFIN) con los cambios sobre exención/reducción sobre el impuesto sobre la renta de persona física (IRPF), realice los siguientes pasos:

  1. Configure los rangos de la tabla progresiva del IRRF con los valores vigentes: IRRF - Tabla progresiva de cálculo de impuesto a la renta persona física.
  2. A través de la Configuración (SIGACFG) se pueden ajustar algunas configuraciones con los parámetros (SX6), pero es necesario ajustar solamente en caso de futuros cambios que involucren esta legislación, en caso contrario no es necesario crearlos o modificarlos. Para más informaciones, consulte: Utilización de los parámetros MV_F15270A, MV_F15270B, MV_F15270C, MV_F15270D y MV_F15270E
  3. Si el cálculo del IRPF tuviera que ser realizado considerando la deducción simplificada (MP 1.171/2023), verifique las configuraciones necesarias en el siguiente enlace: IRRF de autónomo con deducción simplificada (MP 1.171/2023)
  4. Verifique si la fecha del hecho generador del IRRF está dentro de la vigencia de la ley (a partir del 01/01/2026).
    1. Si el hecho generador es por la vigencia/emisión (A2_CALCIRF = 1), verifique si el título tiene fecha de emisión (E2_EMISSAO) igual o superior al .
    2. Si el hecho generador es por el régimen de caja/pago (A2_CALCIRF = 2), verifique si el título tiene fecha de la baja (E5_DATA/FK2_DATA) igual o superior al  .


Tributación sobre la distribución de ganancias y dividendos

Para configurar un título por pagar para calcular el IRRF sobre ganancias y dividendos, es decir, cuando el pago sea superior a R$ 50 mil por beneficiario/proveedor (según la Ley 15.270/2025) y sin la utilización de la Configuración de Tributos, realice los siguientes pasos:

    1. Registre una Modalidad Financiera (Tabla SED) con las siguientes características:
      1. Calcula IRRF(ED_CALCIRF) igual a  'S=Sí' 
      2. IRRF (ED_PERCIRF) igual al '10%'
      3. Interés Cap. (ED_JURCAP) igual a '1=Sí
    2. En el registro del proveedor informe el campo Tipo (A2_TIPO) igual a "F= Persona Física" y el campo Cálc. IRRF(A2_CALCIRF) igual a  '2= IRRF Baja'
    3. Al incluir el título por pagar, informe:
      1. El código de retención "1841" de ganancias/dividendos en el campo Cód. Retención (E2_CODRET). La cumplimentación de este campo tiene influencia en el cálculo de acumulación del tributo.
      2. el código de la modalidad de rendimiento "12001" en el campo Mod. Rendimiento (FKF_NATREN).  La cumplimentación de este campo tiene influencia al enviar los datos al TAF referente a la entrega del EFD-Reinf.

        Para más información, consulte la documentación: Cálculo de IRRF para proveedor persona física s/ tabla progresiva.


03. PARAMETRIZACIÓN VÍA CONFIGURACIÓN DE TRIBUTOS


Exención/Reducción del impuesto a la renta

Las implementaciones necesarias para configurar este cálculo vía Configuración de Tributos (FISA170) aun no están disponibles, está prevista para febrero/2026 a través del paquete acumulado de actualizaciones del Backoffice y del Fiscal.

Tributación sobre la distribución de ganancias y dividendos

El calculo para ganancias/dividendos se puede efectuar a través de la Configuración de Tributos (FISA170). Veamos la siguiente documentación sobre esta funcionalidad:

CFGTRIB - Configurador de Tributos

Configurador de tributos - Reglas financieras

04. EJEMPLOS DE CÁLCULO

Veamos un ejemplo sobre el cálculo de reducción lineal y decreciente del IRRF vía tabla progresiva, que disminuye cuando el rendimiento aumenta, hasta quedar en cero para rendimientos a partir de R$ 7.350,00.


Base Bruta para IR (2).png

Para el cálculo del IR del transportista autónomo, consulte el ejemplo de cálculo en la documentación del tema: FIN0026_CPAG_Calculo_de_IRRF_ Transportista

05. OTRAS INFORMACIONES

https://www.totvs.com/blog/fiscal-clientes/nova-lei-do-irpf-reducao-para-baixa-renda-e-tributacao-minima-para-altas-rendas/

Cálculo de IRRF para proveedor persona física s/ tabla progresiva (ED_JURCAP)

IRRF de autónomo con deducción simplificada (MP 1.171/2023)

IRRF - Tabla progresiva de cálculo de impuesto a la renta persona física

Utilización de los parámetros MV_F15270A, MV_F15270B, MV_F15270C, MV_F15270D y MV_F15270E






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