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En este tipo de impresión, se mostrarán, por producto, las medias ponderadas de la Base de cálculo del ICMS-ST, del ICMS-ST y del ICMS propio, obtenidas por medio del movimiento de entrada del período calculado. Es importante recordar que, debido a los efectos de la Resolución SEF 343/2019, que instituyo el Registro 2121, el cálculo puede estimar dos medias ponderadas diferentes para la Base de cálculo del ICMS-ST: Una en el existente registro 2120 y otra en el nuevo registro 2121. Las dos medias se mostrarán en el informe, pero el cálculo se realiza utilizando solamente una de las dos medias calculadas, de acuerdo con los criterios definidos por la Resolución SEF 378/2018. También están disponibles algunas observaciones sobre estos dos registros en el tópico Registros 2120 y 2121.
Muestra también dichas medias aplicadas al total de salidas, generando, de esta manera, para cada producto, el valor de Restitución y Complemento de impuesto (en casos de salidas internas al Consumidor final), por medio de los campos Val. Restitución, Val. Complemento, y de Resarcimiento (salidas interestatales e internas a optantes del Simples Nacional), por medio de los campos Val. ICMS ST Ot. Estado/Prov/Reg y Val. Créd. SN. El valor de crédito de ICMS sobre las operaciones propias se mostrará por medio del campo Val. ICMS Ot. Estado/Prov/Reg.
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Para verificación del cálculo presentado en las imágenes anteriores, verifique el ejemplo puesto a disposición.
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Se recomienda la utilización para el Informe de verificación en el formato Planilla debido a la cantidad de información mostrada, sin embargo, si hubiera la necesidad de impresión en los formatos Archivo, HTML o PDF y éste presente inconsistencias en la visualización de la información debido a que la cantidad de información supere la totalidad del área de impresión, se sugiere que se utilice la Personalización del informe para evitar cualquier problema de autodimensión. |
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El registro 2121 contendrá todas las entradas presentes en sus registros secundarios 2130, independientemente del contenido del campo 08 COD_RESP_RET de estos registros, y contiene solamente la media ponderada de la Base de cálculo del ICMS-ST.
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También es posible que en un archivo solamente se muestre uno de estos dos registros. Si solamente existieran, para un determinado producto, entradas que satisfagan el criterio de composición del registro 2120, solamente se mostrará este. Si solamente existieran entradas con el campo 08 COD_RESP_RET, del registro 2130, completados con el contenido 2, los cuales no tengan los campos D1_BASNDES y D1_ICMNDES registrados, solamente se mostrará el registro 2121.
El Informe de verificación muestra, en las dos últimas columnas del informe por Movimiento, la indicación del código del responsable por la retención del ICMS-ST y si los valores del ICMS cobrado anteriormente por ST están registrados, para que sea posible la verificación de las medias generadas para el registro 2120 y 2121.
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En este ejemplo el valor por resarcirse es superior al valor por complementarse. Por este motivo existe la compensación, por lo tanto, no hay valor por complementarse. Resta un saldo positivo de 590,39, que puede verificarse en los resultados del cálculo.
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