ÍNDICE

01. VISIÓN GENERAL

Registro previo de TES para calcular el impuesto AIU
En el IVA se calcula el valor del Ítem o del Ítem más el AIU como base de cálculo del impuesto y en la retención del IRF para informar el valor de base de impuesto diferente del valor del producto, informando el impuesto agregado.
El cálculo del impuesto AIU e IRF trata el Art 462-1 Base grabable especial IVA, para que el cálculo del AIU considere la alícuota por Cliente/Proveedor.

Compras

1. En el archivo de proveedores informe la alícuota del AIU, si no se informa se considerará la alícuota estándar.

Facturación

  1. En el Registro de Cliente informe la alícuota del AIU, si no se informa se considerará la alícuota estándar.
  2. En el Registro de TES cambie la TES que calcule el RF0 informando el AIU como impuesto agregado, si no se informa el impuesto agregado, el cálculo continúa igual al actual.   Modifique el TES que calcula el IVA:
    • Si no se informa el impuesto agregado (AIU) el IVA se calcula sobre el valor de la mercadería.
    • Si se informa el impuesto agregado (AIU) el IVA se calculará sobre el valor de la mercadería + valor del impuesto agregado (AIU).


        3. Confirme.


02. CONTENIDOS RELACIONADOS