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El Impuesto general sobre las ventas (IGV) tiene periodicidad mensual e incide sobre:

  1. Ventas de bienes muebles en el país.
  2. Prestación o utilización de servicios en el país.
  3. Contratos de construcción.
  4. En la primera venta de inmuebles (por constructores).

 Este impuesto se compone por un porcentaje de un 17% (determinado por la legislación) que se suma al porcentaje de un 2%, correspondiente al Índice de Precios por al por Mayor (IPM - Índice de Precios al por Mayor.).

 La alícuota del IGV debe contener el valor referente al IPM, que, aunque no se destaque en el documento, se repasa a los  municipios en situaciones específicas.

Help_buttonImportante:

Este impuesto no incidirá en las siguientes transacciones:

  • Importación de servicios.

  • Exportaciones.

Para información más detallada, se recomienda consultar el artículo 1º del Decreto Supremo nº055-99-EF.


Registro previo para el cálculo del impuesto

  1. En Impuestos variables, seleccione Incluir.
    El sistema muestra la pantalla de inclusión.
  2. Complete los datos de acuerdo con la orientación del help de campo.
  3. Este archivo tiene cumplimentación autoexplicativo, sin embargo, vea la información más importante para registrar este impuesto:

Información importante en la creación del impuesto

Descripción

Contenido

Observaciones importantes

Registro de un impuesto - SEL

Código del Impuesto

IGV

 

Descripción

Impuesto General Ventas

 

Campo en el libro fiscal

1

Siempre se grabará el IGV en los campos 1. Base del impuesto, alícuota y valor del impuesto.

Fórmula cálculo entrada

M100IGV

Esta função é chamada internamente no momento da geração das faturas de entrada, sendo esta geração manual ou por meio do Pedido de Compras.

Fórmula cálculo salida

M46IGV

Se activa esta función internamente en el momento de generar las facturas de salida, siendo esta generación manual o en la facturación por el Pedido de compras.

% Tasa

19

Estándar del 19%

4. Verifique los datos y confirme.


Help_buttonObservación:

Existen situaciones en la Legislación Peruana en que se preve el derecho al crédito del impuesto. Para atender a esta particularidad, el Sistema tiene el campo Crédito IGV en Tipos de entrada y salida. Esta operación podrá ser más comum en el asiento de facturas de entrada. El campo mencionado tendrá influencia en Cálculo, en el momento de obtener el resultado del impuesto por pagar.

En las operaciones que involucran exentos o que, de forma alguna, el IGV incida, observe se el TES, en el campo Calcula IGV, está configurado con las opciones 2 o 3.

El valor de la base de cálculo del impuesto se debe gravar en el campo Valores exentos, en la tabla Libros fiscales y no gravarse en ningún de los otros campos (Base del impuesto, Valor del impuesto y Alícuota) y tambiém no gravar el valor del IPM (pues no existe en este documento).

  

Help_buttonImportante:

El Impuesto sobre consumo (ISC) debe estar contenido en la base de cálculo del IGV, pues no existe un tratamiento exclusivo para éste.



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